Análisis

Vivienda nueva, cambios respecto a lo prometido

Publicado el   27 junio 2025
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Qué cambios puede hacer el promotor de vivienda sobre plano sin tener que pagar indemnización al comprador. Aquí se le condenó a una indenización de 6.500 euros por los cambios no justificados.

Cambios del promotor en la vivienda nueva vendida: hay incumplimiento

Cuando compras una vivienda sobre plano, el resultado final debe responder a lo anunciado y contratado. Es muy importante guardar todo el material publicitario de la promoción, además del contrato, la memoria de calidades, los planos, etc.

En 2024 se registraron 135.000 compras de vivienda nueva, en su inmensa mayoría compradas sobre plano en años previos. En 2025 las cifras crcen más un 20% anual por el momento.

Para el comprador, no solo es importante que la construcción se haga en plazo, sino que exista conformidad entre lo que te entregan y lo que estaba proyectado.

En el caso que comentamos, una compradora obtuvo una indemnización de la promotora porque se habían modificado algunos elementos que afectaban a la fachada del edificio.

Sira demandó a la promotora que le había vendido una vivienda en construcción, porque se había publicitado que el inmueble tenía una fachada ventilada con láminas de cerámica, y durante la construcción la promotora sustituyó ese material por láminas de aluminio.

Con un informe pericial se probó una diferencia de valor de 6.500 euros y en primera instancia se condenó a la promotora a pagar esa suma a Sira por haber incumplido el contrato al modificar las características de la vivienda. Según el juez, el cambio no estuvo exigido por exigencias técnicas y supuso un precio menor.

La promotora recurrió a la Audiencia Provincial de Madrid, que dictó sentencia el 24 de julio de 2023.

Compra de vivienda sobre plano, cómo protegerse.

Plazos para reclamar por defectos de la vivienda.

Los contratos sobre plano prevén la posibilidad de cambios

La promotora entendía que no había incumplimiento del contrato, ya que este preveía la posibilidad de introducir modificaciones por razones técnicas, sin que el material de esas láminas estuviera precisado en el contrato y de hecho fue sustituido por otro “equivalente” sin merma de calidad. De hecho, solo habían reclamado un número reducido de compradores de esa promoción. En todo caso, discutían el valor 

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