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Sobre plano: el promotor no canceló la hipoteca
hace 7 meses - jueves, 16 de febrero de 2023Compra sobre plano, condena al promotor por no cancelar la hipoteca
Comentamos una sentencia del Tribunal Supremo de 25 de enero de 2023 que confirma la condena dos años de cárcel a un promotor por delito continuado de apropiación indebida, con responsabilidad subsidiaria de la empresa de la que era administrador único.
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En marzo de 2007 Clara compró un chalet en construcción por 301.000 euros, de los que adelantó 169.000 antes de la terminación de la casa. Al firmar la escritura en febrero de 2009 entregó el resto del dinero a la promotora. El contrato preveía que el promotor entregaba la casa libre de cargas, y que la hipoteca pendiente debía cancelarse con el dinero que Clara entregaba en la compra.
El promotor no utilizó ese dinero para cancelar la hipoteca sobre la casa, sino que fue pagando mes a mes las cuotas de la hipoteca hasta que dejó de pagar en 2015. Tras esa falta de pago, el banco inició un proceso de ejecución hipotecaria frente a Clara.
Clara actuó en vía penal contra el promotor, quien fue condenado por apropiación indebida de una suma de dinero que estaba destinada a cancelar la hipoteca. La sentencia del Supremo confirma la condena al promotor y la responsabilidad subsidiaria de la sociedad, condenada al pago a Clara de todas las sumas pendientes de pago al banco, junto con todos los costes tanto del proceso penal como del proceso de ejecución hipotecaria que inició el banco contra Clara.
Promoción fallida: condena penal al promotor de la vivienda.