Normativa de aires acondicionados
Buenos días
Porque, con la normativa nueva, me obligan a entregar un documento por un técnico y empresa homologada para la instalación de un aire acondicionado. Si no, amenazan con multas de hasta 20000 euros.
Creo que sólo deberían vender los comerciantes de estos aparatos,a dichas empresas y técnicos homologados.
Comentarios
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Buenos días Alberto,
Con el Real Decreto 115/2017 se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
El objetivo principal es tener un mayor control de este tipo de gases y por eso se impone la obligación de realizar la instalación por un profesional acreditado y, además, la obligación para el comprador de entregar un informe firmado por él y por el instalador.
Todo esto lo explicamos en el siguiente contenido: www.ocu.org/.../aire-acondicionado-instalacion
Si además, el equipo lleva incorporado gas R32, la ley actual impone condiciones más restrictivas a la hora de instalar, tal y como explicamos aquí: www.ocu.org/.../gases-refrigerantes
Por tanto, si estás pensando en poner un equipo de aire acondicionado en casa, asegúrate de que te lo instala un profesional certificado y de rellenar los dos anexos del RD.
Tenemos abierta ahora mismo una compra colectiva de aire acondicionado, en la que hemos negociado descuentos para los equipos y donde aseguramos que la instalación se realiza por profesionales y empresa homologada. www.ocu.org/.../aire-acondicionado-renovamos
Esperamos haber resuelto tus dudas, cualquier otra cuestión no dudes en preguntar.
Atentamente,
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Hola He leido que el vendedor debe enviar al compardor los Anexo VI, parte A y B. Que sucede cuando el comprador compra el aire acondicionado en un sitio de internet y no le envían los documentos al comprar el equipo?
Gracias por aclarar
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Buenos días Jesús,
En este caso, es el vendedor el que no está actuando de acuerdo con la normativa. Sin embargo, como comprador tienes la obligación de rellenar el Anexo VI, parte B, firmado por ti y por el instalador, por lo que te recomiendo que lo rellenes. Así te aseguras de haber cumplido con tu responsabilidad.
Si tienes opción de ponerte en contacto con ellos, les preguntaría por este tema y les haría saber que no están cumpliendo con el Real Decreto.
Un saludo,
Equipo RenoVamos