Resolvemos las dudas más frecuentes de los consumidores sobre patinetes.
Por dónde deben circular los patinetes eléctricos
El Reglamento General de Circulación indica que los patinetes no pueden circular por vías interurbanas ni túneles. También está prohibido que circulen por las aceras y vías peatonales. Es decir, solo pueden circular por vías urbanas y, dentro de estas, cada ayuntamiento puede decidir por dónde se les permite moverse.
¿Los patinetes eléctricos necesitan un seguro?
Los patinetes que no superan los 25 km/h de velocidad máxima no necesitan un seguro para circular, pero OCU aconseja contratar un seguro de responsabilidad civil con una cobertura de al menos 300.000 euros (mejor si son 600.000 euros) o incluirlos en la póliza del hogar porque, en caso de un accidente en el que fueras culpable, te podrían exigir una indemnización elevada.
¿Cuál es la edad mínima para llevar un patinete eléctrico?
La edad mínima la decide cada ayuntamiento: por ejemplo en Pamplona son 14 años, en Madrid son 15 y en Barcelona se sitúa en 16 años. Tendrás que consultar las ordenanzas municipales de tu localidad.
¿Cuál es la edad mínima para llevar un patinete eléctrico?
La edad mínima la decide cada ayuntamiento: por ejemplo en Pamplona son 14 años, en Madrid son 15 y en Barcelona se sitúa en 16 años. Tendrás que consultar las ordenanzas municipales de tu localidad.
¿Es obligatorio llevar casco al conducir un patinete eléctrico?
La DGT no ha establecido como obligatorio el uso del casco al circular con patinete eléctrico, pero sí es una protección muy conveniente. OCU aconseja llevarlo siempre.
¿Pueden ir dos personas en un patinete eléctrico?
No, los patinetes solo pueden estar ocupados por una persona. Si llevas un pasajero, te pueden sancionar con 100 euros.