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Con ocasión de los problemas producidos en los aeropuertos españoles el pasado año, la OCU y la OCUC presentaron sendas reclamaciones ante AENA por el mal funcionamiento de las aeropuertos, al tiempo que demandaba civilmente a 6 compañías aéreas (Iberia, Spanair, Air Europa, Thays Airways, Alitalia y Lufthansa) por los importantes retrasos padecidos por dicho grupo de viajeros y pedía la declaración de nulidad de 6 de las 14 cláusulas del contrato-pasaje de esas compañías. Las reclamaciones y demandas fueron interpuestas el 20 de julio y el 1 de octubre.
Mientras la acción civil sigue su curso, AENA, tras desoír las reiteradas peticiones de ambas asociaciones para que resolviera el expediente, ha terminado por desestimar por silencio administrativo negativo las reclamaciones interpuestas por la OCU y la OCUC "por los daños y perjuicios materiales -y en su caso morales- ocasionados a un grupo de usuarios de los servicios públicos aeroportuarios y de navegación aérea en España, por la mala y negligente actuación por parte de AENA y la insuficiencia objetiva de la infraestructura aeroportuaria, lo que se ha traducido para aquellos usuarios en la pérdida de vuelos y la generación de retrasos desproporcionados a injustificados respecto de las horas de embarque previstas" . La OCU y la OCUC entienden que se está ante un supuesto de funcionamiento anormal de los servicios públicos, lo que causa un daño ilícito, sujeto, por tanto a reparación económica conforme a lo que establece nuestra legislación; entre otras normas, en el artículo 106.2 de la Constitución. Reparación económica que exigen la OCU y la OCUC por medio de este Recurso Contencioso Administrativo, con independencia de la responsabilidad contractual que atañe a las compañías aéreas en los mismos hechos.