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¿Tiene su coche o su vivienda asegurados? Eso está bien, pero habrá leído en el contrato que hay determinados riesgos, denominados "extraordinarios", que están excluidos expresamente de su póliza. En esos casos, se hace cargo de los daños el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda.
En las últimas semanas las intensasn lluvias y vientos han hecho que varias zonas de España estén en alerta, y se han producido inundaciones en algunos lugares.
Precisamente, las inundaciones son los riesgos extraordinarios más habituales. Pero no todas las inundaciones son competencia del Consorcio, sólo las que tienen su origen en un riesgo extraordinario, por ejemplo, las inundaciones que se produzcan por desbordamientos de ríos o lagos, embates del mar, deshielo… y aguas de lluvia, siempre que se trate de lluvias procedentes de un ciclón violento o de precipitaciones que superan unas cantidades ya fijadas, o provoquen riadas que causen daños.
Esperemos que nunca se vea afectado por una catástrofe natural de esta envergadura, pero si es el caso, debe saber cómo actuar: