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Noticias

09 Jan 2012
SMI e IPREM en 2012

SMI e IPREM en 2012

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) son dos referencias muy importantes. Los dos indicadores se suelen actualizar anualmente, pero en 2012 se han congelado, con lo que su cuantía es la misma que el año anterior.


El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es una referencia que se utiliza sólo en el ámbito estrictamente laboral.

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es el índice de referencia para el cálculo de ingresos en muchos ámbitos.

El IPREM cifra sirve de referencia para cualquier efecto distinto al ámbito laboral propiamente dicho: por ejemplo, se utiliza el IPREM en las solicitudes de becas, de ayudas a la vivienda, para establecer límites fiscales, en el cálculo y acceso a prestaciones sociales, etc. Las cuantías de SMI e IPREM se han congelado en 2012. Las cantidades en vigor para estos índices de referencia son:

Salario Mínimo Interprofesional

Su cuantía en 2012 es:

  • SMI diario: 21,38 euros/día.
  • SMI mensual: 641,40 euros/mes.
  • SMI en cómputo anual: 8.979,60 euros/año.
  • En el caso de los empleados de hogar que trabajen por horas, el salario mínimo será de 5,02 euros por hora efectivamente trabajada.
  • Como novedad, las empleadas de hogar desde este año cobrarán en efectivo al menos el salario mínimo interprofesional, según la norma que regula las relaciones laborales de este colectivo, lo que las equipara en este aspecto al resto de trabajadores por cuenta ajena. Por debajo de esta cantidad no será posible realizar descuento alguno por pagos en especies o en concepto de manutención y alojamiento, retribuciones que en cualquier caso no podrán superar el 30% del total

Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

El IPREM no ha variado respecto al de 2011. Este año queda así:

  • IPREM diario: 17,75 euros/día.
  • IPREM mensual: 532,51 euros/mes.
  • IPREM anual: 6.390,13 euros/año.
  • IPREM en cómputo anual (incluye prorrata de pagas extraordinarias): 7.455,14 euros.


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