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Hasta julio de 2004, el SMI servía de referencia para acceder a muchas prestaciones sociales, como el subsidio de desempleo, ayudas a la vivienda, becas, normativa fiscal, etc. Pero desde ese momento, el SMI ha pasado a ceñirse al ámbito estrictamente laboral, usándose como referencia para determinar la retribución salarial mínima, las garantías salariales y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), las bases mínimas de cotización y los requisitos de acceso y mantenimiento de protección por desempleo.
El resto de los asuntos, por ejemplo las becas, las ayudas para vivienda, los límites para el acceso a la justicia gratuita, las cuantías de la prestación y del subsidio por desempleo... se establecen a partir del nuevo indicador: el IPREM.
La cuantía del IPREM se determina teniendo en cuenta, al menos, la previsión u objetivo de inflación de los presupuestos generales del Estado. En la práctica, esto permite que aunque se vaya elevando el SMI, no lo hagan en paralelo el resto de referencias, que ahora se calculan a partir del IPREM.
El IPREM se actualiza a principios de cada año. Para 2005 su cuantía anual (con pagas extras) es de 6.577,20 euros, mientras que la del SMI es 7.182 euros al año.