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¿Es válida una
reserva por teléfono, por fax o por correo
electrónico?
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Al llegar me piden una fianza
de 500 euros, que no estaba prevista. ¿Tengo
que pagarla?
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Me proponen que use mi tarjeta
Visa para pagar la fianza, aunque me aseguran
que no harán efectivo el cargo si al final
de la estancia todo está en orden. ¿Tengo
que aceptar?
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No se ha hecho un inventario
cuando he llegado. ¿Es eso normal? ¿Qué
riesgo corro si hay algún desperfecto?
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Me reclaman una cantidad por
los gastos de limpieza, algo que no estaba previsto,
¿tengo que pagar?
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La casa está en un estado
lamentable, ¿qué debo hacer?
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El equipamiento de la casa
no se corresponde con la descripción: aunque
está prevista para seis personas, sólo
hay tres cuchillos, una cacerola pequeña
y una sartén. ¿Qué debo hacer?
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Se ha estropeado la cocina,
¿qué hago?
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Mis niños han estado
saltando sobre la cama, que ha acabado rompiéndose,
¿soy yo el responsable?
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Mientras estaban jugando con la pelota, mis hijos han roto un cristal. Al hacer las cuentas, se niegan a devolverme la fianza (de 500 euros), aunque es una cantidad muy superior al coste de los desperfectos. ¿Qué puedo hacer?
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¿Es válida una
reserva por teléfono, por fax o por correo
electrónico? |
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Sí, se puede alquilar un apartamento de
vacaciones por teléfono, fax o correo electrónico.
En estos casos, usted deberá hacerse con
una confirmación escrita de la reserva
que sea lo más detallada posible, para
evitar problemas de prueba referidos al alquiler
o al tipo de alojamiento.
Si hace la reserva por teléfono, fax o
correo electrónico a una empresa turística,
le protege una legislación específica
que establece que tiene que quedar constancia
documental de la contratación efectuada.
Por eso, si confirma la reserva, el establecimiento
tiene que remitirle información completa
de todas y cada una de las cláusulas del
contrato, así como el texto de las condiciones
generales.
Lo importante en todo caso es conservar esa prueba
escrita de la reserva, e insistimos, procurar
que sea lo más detallada posible (con descripción
del tipo de alojamiento, instalaciones complementarias,
los días de estancia, los servicios complementarios,
el precio más IVA...).
Por supuesto, no olviden llevar esta documentación
cuando salgan de viaje.
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Al llegar me piden una fianza de 500 euros, que no estaba prevista. ¿Tengo que pagarla? |
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Cobrar una fianza cuando se ha reservado un apartamento
en un establecimiento turístico es algo
perfectamente legal, pero sólo se la pueden
reclamar en el momento de ocupar el apartamento
si así estaba previsto en las cláusulas
del contrato o en las condiciones generales de
la contratación. Las empresas exigen esa
fianza para responder de la pérdida o deterioro
de las instalaciones, mobiliario y enseres que
sean imputables a los clientes, así como
para garantizar el cumplimiento de las demás
obligaciones derivadas del contrato.
Esa fianza en el momento de ocupar el alojamiento
no puede ser superior al 25% del importe total
del precio pactado, y se le reintegrará
al cliente cuando finalice el contrato, tras haber
deducido las cantidades que en su caso procedan.
Para que se haga una idea: en la Comunidad Valenciana,
salvo pacto en contrario, las empresas están
autorizadas a exigir una fianza en el momento
de ocupar el alojamiento, siempre que esa posibilidad
conste en el contrato. La fianza en este caso
no puede exceder de 150,25 euros.
Si ha realizado la reserva del apartamento dirigiéndose
directamente al particular propietario del mismo,
en términos generales se puede decir lo
mismo que en el supuesto anterior. La fianza debe
de haberse previsto en el momento de confirmar
la reserva, y no todo el mundo la exige. Al igual
que en el caso de las empresas, la fianza se ha
previsto para cubrir los daños que eventualmente
pudiera ocasionar el arrendatario durante su estancia,
y en el caso de contrato con un particular, el
importe de la fianza es variable ya que puede
fijarlo libremente el propietario. Lo razonable
es que sea acorde con el estado tanto del mobiliario
como del equipamiento del apartamento. Por supuesto,
si no ha habido ningún problema se debe
restituir al final de la estancia.
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Me proponen que use mi tarjeta Visa para pagar la fianza, aunque me aseguran que no harán efectivo el cargo si al final de la estancia todo está en orden. ¿Tengo que aceptar? |
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La normativa turística no prevé
la forma de pago de la fianza. Sin embargo, es
una práctica cada vez más extendida
que las empresas turísticas pidan a los
clientes (en este caso a quienes quieran alquilar
un apartamento), que recurran a su tarjeta de
crédito.
A través de este procedimiento, en el momento
en el que usted constituye la fianza, no se le
descuenta cantidad alguna; simplemente se bloquea
de la disponibilidad de la tarjeta de crédito
del cliente una cantidad equivalente al importe
de la fianza, y esa cantidad se desbloquea al
final de contrato si no hay ningún problema.
La ventaja para la empresa turística es
que sabe que, si posteriormente surge algún
problema, podrá pasar el cargo. Y el consumidor,
por su parte, no pierde liquidez durante todo
el tiempo en que queda constituida la fianza.
En cualquier caso, si realizan el cargo pero usted
no está conforme con él, piense
si había firmado inicialmente la autorización
del cargo: si no lo hizo, puede rechazarlo.
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No se ha hecho un inventario cuando he llegado. ¿Es eso normal? ¿Qué riesgo corro si hay algún desperfecto? |
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¡Atención!, normalmente en el contrato
existe una cláusula en la que el cliente
admite que recibe el apartamento en perfecto estado
de uso y mobiliario. Compruebe que efectivamente
es así, y si hay algún desperfecto,
hágalo constar. La normativa turística
establece que, si en el momento de firmar los
clientes no formulan ninguna objeción,
se entiende que están conformes con los
muebles y enseres que figuran en el inventario,
así como con su estado de conservación
y utilización. Si, como suele ocurrir,
el contrato menciona que el apartamento tiene
el mobiliario en buen estado, será a usted
a quién corresponderá probar que
no lo estaba: en este caso, la ausencia de inventario
del estado del mobiliario le perjudicaría.
Sin embargo, si no se recoge esa cláusula
ni existe un inventario, en caso de problemas
será el propietario del apartamento turístico
quien deba probar el estado en que se encontraba
el apartamento antes y después de su estancia.
En este caso la ausencia de inventario juega a
su favor. |
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Me reclaman una cantidad por los gastos de limpieza, algo que no estaba previsto, ¿tengo que pagar? |
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La limpieza no es uno de los conceptos incluidos
necesariamente en el precio global. Usted puede
(y debe) negarse a pagar los gastos generados
por la limpieza en caso de que la oferta hubiese
indicado expresamente que ese servicio estaba
incluido, pues en ese caso usted puede exigir
el cumplimiento de la oferta.
Por otra parte, si el servicio de limpieza no
está incluido en el contrato como una prestación
adicional con su correspondiente coste, no se
lo pueden exigir, ya que usted puede o no concertarlo
por su cuenta.
Eso sí, en el momento de la entrada, el
apartamento debe estar en condiciones de funcionamiento
y limpieza que permitan su inmediato uso, y la
empresa deberá facilitarle los servicios
de suministro de agua, energía eléctrica,
alimentación de la cocina, calentador de
agua y calefacción, entrega de ropa en
debidas condiciones de limpieza y el servicio
de recogida de basuras.
Si el cliente desea el servicio de limpieza durante
su estancia, puede contratarlo voluntariamente,
pero no se lo pueden imponer.
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La casa está en un estado lamentable, ¿qué debo hacer? |
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Avise inmediatamente al propietario o a la empresa
y exíjale que subsane las deficiencias.
El alojamiento debe entregarse en perfecto estado
de habitabilidad, en concordancia tanto con su
categoría como con la que conste en la
publicidad hecha por la empresa y en el contrato.
Además tiene que reunir las debidas condiciones
de limpieza, higiene, suministros y servicios
generales, y las instalaciones deben funcionar
correctamente.
Hágase con el mayor número de pruebas
(fotos por ejemplo) del estado del apartamento,
y solicite que arreglen esas deficiencias, que
le cambien de alojamiento o incluso que le rebajen
el precio.
Si no llega a un acuerdo, diríjase por
escrito al propietario, indicándole, si
llega el caso, que interrumpe la estancia y que
está dispuesto a reclamarle los gastos
y perjuicios producidos. Conserve los justificantes
de gastos que le haya ocasionado volver a alojarse.
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El equipamiento de la casa no se corresponde con la descripción: aunque está prevista para seis personas, sólo hay tres cuchillos, una cacerola pequeña y una sartén. ¿Qué debo hacer? |
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Diríjase inmediatamente al propietario
o a la empresa a la que haya alquilado el apartamento
a fin de que le entreguen todo lo necesario para
que puedan usar y disfrutar de la casa los ocupantes
autorizados.
En principio, los apartamentos turísticos
deben estar dotados de cubertería, menaje,
lencería y demás utensilios y accesorios
necesarios para atender las necesidades de los
clientes, siempre en función de su capacidad.
Y si no es así, lo mejor es, como regla
general, intentar solucionar el problema amistosamente
sobre la marcha.
Por ejemplo, puede incluso proponer comprar usted
mismo el equipamiento mínimo que vayan
a necesitar, a condición de que acepten
reembolsarle estos gastos (tenga la precaución
de pedir aceptación y autorización
por escrito antes de hacer ningún gasto).
Procure finalmente comprar el material necesario
a un precio razonable, para que no puedan reprocharle
gastos inútiles o exagerados.
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Se ha estropeado la cocina, ¿qué hago? |
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Como en el caso anterior, lo que debe hacer es
dirigirse al propietario o a la empresa a la que
ha alquilado el apartamento para que se ocupe
de la reparación. También puede
proponer encargarse usted de realizarla, corriendo
el propietario con los gastos, pero en este caso
antes cerciórese de que tiene la autorización,
por escrito, del dueño.
En cualquier caso, tiene derecho a que le indemnicen
por el perjuicio que le pudiera causar esta avería:
puede, por ejemplo, pedir que le reembolsen los
gastos de restaurante ya que no le fue posible
utilizar la cocina. En este caso, no incurra en
gastos exagerados (como realizar las comidas en
restaurantes de lujo).
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Mientras estaban jugando con la pelota, mis hijos
han roto un cristal. Al hacer las cuentas, se
niegan a devolverme la fianza (de 500 euros),
aunque es una cantidad muy superior al coste de
los desperfectos. ¿Qué puedo hacer? |
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Como norma general, la fianza se entregará
al cliente, una vez deducidas las cantidades que
en su caso procedan. Es obligación de la
empresa justificar documentalmente, es decir,
con facturas, el importe de la reparación
y devolver el resto (a no ser que el coste de
la reparación exceda al depósito
o fianza efectuada).
A falta de acuerdo, la única posibilidad
de recuperar el dinero sería presentando
una reclamación ante la Junta Arbitral
de Consumo, una solución complicada para
un turista de paso. En cualquier caso, la negativa
a devolver el resto de la fianza podría
ser una infracción administrativa, por
lo que sería adecuado presentar una reclamación
ante la administración turística.
Puede ir para ello a la OMIC (Oficina Municipal
de Información al Consumidor), o usar las
Hojas de Reclamaciones del establecimiento.
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