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La unión hace la fuerza, y por eso, en su defensa de los intereses de los consumidores, la OCU no está sola. Forma parte, junto con otras asociaciones de consumidores (la portuguesa DECO, la italiana CCA y la belga ABC) de grupo de consumidores europeos Euroconsumers.

El trabajo conjunto de estas asociaciones, que en total representan a más de un millón de familias, no deja de dar frutos. Un buen ejemplo de ello es la adopción de posturas conjuntas ante asuntos de interés para todos, y la elaboración de unas "posiciones comunes" acerca de temas de actualidad que afectan a consumidores y usuarios.

Éstos son los temas sobre los que se ha elaborado una postura conjunta de Euroconsumers. Podrá encontrar, para cada uno de ellos, la definición del problema y el contenido concreto de la posición común.


1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
Suplementos alimenticios Diciembre 2000
Definición del problema
Posición común

Los consumidores se encuentran, cada vez más a menudo, en los supermercados y en las tiendas tradicionales, con toda una serie de productos alimentarios particulares. Se trata, o bien de alimentos que contienen un mayor número de vitaminas, de sales minerales u oligoelementos que sus homólogos convencionales, o bien de suplementos de estos componentes u otros complementos naturales (extractos, etc.) que se presentan con formas diferentes (cápsulas, tabletas, etc...) y que prometen alcanzar o mantener una forma óptima y un bienestar psicológico.

El riesgo común que conlleva este tipo de productos, es que pretende actuar de panacea contra todas las malas costumbres alimentarias, de tal forma que existe una proliferación de la terminología empleada para designarlos, como por ejemplo, "reforzados"... palabras que no hacen más que crear confusión en los consumidores y engañarles en cuanto a la verdadera naturaleza de dichos productos.

Nuestras encuestas han demostrado, en el caso de los "alimentos enriquecidos", que la mayoría de las veces no sirven para nada y, además, que son más caros que sus homólogos "normales"

En el caso de los "suplementos alimenticios", se plantean también unos problemas en cuanto a su presentación y a su promoción, así como a cuestiones de seguridad relativas a la dosificación de ciertas vitaminas o sales minerales, que pueden perjudicar a la salud si se supera la dosis diaria recomendada. Hay que tener en cuenta que, normalmente, una dieta correcta aporta todos los alimentos necesarios para la salud y que estos suplementos se añaden a los mismos. El riesgo de sobredosis es todavía más grande, cuando se consumen alimentos enriquecidos y suplementos alimenticios a la vez. Es necesario, por lo tanto, facilitar una información correcta sobre la utilización de estos productos y sobre los posibles riesgos que éstos conllevan.

Además, en el ámbito europeo, no existe una legislación uniforme en todos los países, razón por la cual, la Comisión debe intervenir con el fin de establecer normas comunes que aseguren una comercialización de los mismos, correcta y reglamentada.

1. Con carácter general, no estamos, en principio, a favor de los alimentos enriquecidos, dado los numerosos abusos en este tema. Sin embargo, puede ser necesario suplir las carencias nutritivas de ciertos grupos de población, en base a una serie de datos medicinales. En estos casos, el legislador debe establecer una lista de alimentos básicos que sean los únicos que puedan estar enriquecidos, con el objetivo de luchar contra unas carencias bien identificadas y según unas modalidades bien establecidas.

2. Solicitamos una única definición (en el ámbito comunitario) de lo que se entiende por "suplemento alimenticio", que precise qué tipo de sustancias pueden ser utilizadas para estos alimentos y la dosis (mínima y máxima) permitida para garantizar, por un lado, la eficacia y por otro, la seguridad de estos productos.

3. Ningún material de publicidad o de presentación de estos productos, incluido el embalaje, la etiqueta y todo tipo de alegaciones de los mismos, debe sugerir, de manera directa o indirecta, que su uso pueda sustituir a una dieta sana, correcta y variada. Con mayor motivo, las alegaciones de estos productos no deben referirse (de forma directa o indirecta) a la prevención, la curación y/o el tratamiento de enfermedades.

4. Para prevenir los abusos en las alegaciones o referencias a la salud relativas a los efectos de las vitaminas, sales minerales u otros elementos empleados en este tipo de productos, estamos a favor de la creación de una lista de alegaciones admisibles y de la puesta en marcha (por parte de las autoridades públicas) de toda una serie de controles y evaluaciones previas, sobre la veracidad y la corrección de campañas promocionales.

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