Área de registro

Boletín electrónico

¡Oferta especial!
Dos meses de prueba gratuita para descubrir la atención global al consumidor...
...y recibir las revistas OCU Compra Maestra y Dinero y Derechos
Además le hemos reservado dos excepcionales regalos de bienvenida Leer mas

Guía recomendada

Los mayores. Salud y calidad de vida en la vejez
  • Precio socios: 14.45 €
  • Precio no socios: 18.45 €
Leer más

La unión hace la fuerza, y por eso, en su defensa de los intereses de los consumidores, la OCU no está sola. Forma parte, junto con otras asociaciones de consumidores (la portuguesa DECO, la italiana CCA y la belga ABC) de grupo de consumidores europeos Euroconsumers.

El trabajo conjunto de estas asociaciones, que en total representan a más de un millón de familias, no deja de dar frutos. Un buen ejemplo de ello es la adopción de posturas conjuntas ante asuntos de interés para todos, y la elaboración de unas "posiciones comunes" acerca de temas de actualidad que afectan a consumidores y usuarios.

Éstos son los temas sobre los que se ha elaborado una postura conjunta de Euroconsumers. Podrá encontrar, para cada uno de ellos, la definición del problema y el contenido concreto de la posición común.


1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
Servicios mínimos en huelgas en servicios públicos Diciembre 2000
Definición del problema
Posición común

Los servicios "públicos" juegan un papel fundamental en nuestra sociedad. La calidad de estos servicios sirve de indicador importante a la hora de evaluar el nivel de desarrollo de la sociedad. Los consumidores no pueden desarrollar una vida normal sin servicios adecuados. Se plantean una serie de problemas específicos cuando las sociedades monopolísticas prestan dichos servicios.

Los servicios se prestan bien directamente por el Estado, bien por empresas públicas. Lo que caracteriza a estos servicios (Correo, medios de trasporte público, tráfico aéreo, recolección de basura, escuelas...) es, en particular, que su organización es tal, que en caso de no funcionamiento, los usuarios no disponen de otra solución práctica. Se podría decir que los usuarios son prácticamente unos "rehenes" de dichos servicios.

Estos servicios se prestan por unos trabajadores que defienden de forma legitima sus intereses y persiguen varios objetivos (por ejemplo, obtener una mejora de sus salarios, etc.). A veces, utilizan la huelga como medio de presión. En este caso, un conflicto nace entre el derecho de los trabajadores y el derecho de los usuarios de estos servicios. Una huelga en el sector competitivo no tiene el mismo alcance que una huelga en servicios de monopolio. En el primer caso, la huelga opone a los trabajadores contra los jefes, pero los consumidores pueden dirigirse a otro sitio. En el segundo caso, los consumidores están, a pesar suyo, en medio del conflicto.

Una huelga en sectores como Correos, Salud Pública, transporte por carretera o vía aérea, o transportes públicos, provoca a veces una molestia excesiva a los consumidores ajenos al conflicto. El Estado debe entonces establecer garantías para mantener el funcionamiento de estos servicios esenciales para todos.

1. Aunque la reivindicación sindical pueda estar justificada desde el punto de vista de los trabajadores, está claro que las organizaciones de consumidores deben, en todo caso, defender los intereses del consumidor en la hipótesis de una huelga en este tipo de servicios.

2. Una reglamentación del derecho de huelga debe tomar en consideración ciertas especificaciones y particularidades, es decir limitar los inconvenientes para los usuarios, por definición, ajenos al conflicto.

3. El Estado debe asegurar unos servicios mínimos suficientes para responder a la petición de los usuarios e imponer unas sanciones si tales servicios no están asegurados. Estos servicios están establecidos por las autoridades. Estas últimas deben comunicárselas a las organizaciones de consumidores para que puedan verificar su correcta ejecución.

4. Haría falta establecer también unas reglas específicas al derecho de huelga en los servicios públicos durante ciertas épocas del año especialmente importantes (por ejemplo, huelgas del transporte aéreo durante las vacaciones de Navidad, etc.).

5. Estos servicios mínimos tienen que ser vinculantes cuando los usuarios no tienen otras alternativas para obtener tales servicios (por ejemplo, cuando el servicio se presta en régimen de monopolio o por el intermedio de una concesión administrativa dada en exclusividad a una empresa determinada). Los poderes públicos deben estimular las iniciativas permitiendo sacar del apuro a los consumidores. No puede haber movimientos "salvajes" que dejen indefensos a los usuarios.

   Volver a lista de Posiciones Comunes