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El Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia que declaraba ilegales la facturación de la mayor parte de los servicios que se ofrecieron a través del prefijo 906 y obligaba a los operadores a devolver los importes de todas esas llamadas, como consecuencia de la demanda interpuesta por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en noviembre de 2001. Según los cálculos de la OCU el importe de la facturación que las compañías deberían devolver superaría los 900 millones de euros. Lamentablemente, el tiempo pasado desde la interposición de la demanda hace poco probable que los usuarios puedan verse resarcidos de los perjuicios económicos derivados del funcionamiento de estos teléfonos ilegales. De nuevo, la extrema lentitud de la justicia ha hecho posible el enriquecimiento injusto de los operadores telefónicos y el perjuicio irrecuperable de miles de afectados.
En noviembre de 2001 la OCU presentó una demanda contra Telefónica y Uni2 (ahora France Telecom) por los servicios que se ofrecían a través de los teléfonos de tarificación adicional de prefijo 906 (de acceso libre) y que deberían ofrecerse a través del prefijo 903 (de acceso restringido para quienes lo solicitaran). El auto del Supremo, que llega casi 8 años después de la presentación de la demanda, declara firme la sentencia del año 2004, del Juzgado de Instrucción nº 61 de Madrid, que estimaba la mayoría de las peticiones de la OCU.
Este Juzgado, en julio de 2004, estableció la ilegalidad de los servicios de prefijo 903 (eróticos, de adivinación y ciencias ocultas, de ocio, concursos, tertulias, etc.) que se ofrecían a través del 906 y que eran la inmensa mayoría.
Así la sentencia ahora ya firme:
Para más información Eva Jiménez Tfno.: 91 722 60 61 - ejimenez@ocu.org