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La sentencia del Tribunal Supremo, que aunque es del 1 de julio ha sido comunicada ayer a las partes,
Las cláusulas impugnadas eran 8, y el Supremo confirma la nulidad de 7 de ellas
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) presentó en abril de 2005 en los Juzgados de lo Mercantil una acción de cesación contra Allianz, Caser y Mapfre, mediante la que perseguía la declaración de nulidad de diversas cláusulas presentes en millones de contratos de seguro de diferentes ramos. Recurrida la sentencia ante la Audiencia Provincial, esta determinó la nulidad de 8 tipos de cláusulas
A partir de ahora, las cláusulas de contratos de seguros
Son nulas de pleno derecho. Esa nulidad no se refiere sólo a las cláusulas de los contratos denunciados, sino que se hace extensiva a los contratos de cualquier compañía de seguros que los incluyan. Efectivamente, lo más destacado de la sentencia del alto Tribunal es que extiende la declaración de nulidad de estas cláusulas al resto de aseguradoras del mercado que las incluyan en sus contratos.
La OCU va a remitir esta sentencia a la Dirección General de Seguros, UNESPA y a la Asociación de mediadores, agentes y corredores para que tengan en cuenta las cláusulas declaradas nulas y vigilen, dentro de su ámbito de actuación, que no figuren en las pólizas de seguros.
La OCU va a poner a disposición de los afectados interesados un servicio personalizado de consultas sobre sus pólizas con el objeto de que las indemnizaciones de los asegurados no se vean mermadas por la aplicación de estas cláusulas. Llame para ello al teléfono 902 050 540