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El terremoto en Murcia ha afectado a miles de personas. Además de las víctimas, fallecidos, heridos… hay muchísimas familias que han sufrido graves daños materiales. Es cierto que, en momentos como estos, puede que sea la menor de sus preocupaciones, pero, ¿quién se hará cargo de esos daños en casas y vehículos? El Consorcio de Compensación de Seguros. Y también será el Consorcio quien pague las indemnizaciones por daños físicos de las víctimas aseguradas.
Los daños causados por catástrofes naturales, como un terremoto, se consideran siniestros extraordinarios, y normalmente están expresamente excluidos de la cobertura de las pólizas de seguros. Es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) quien se hace cargo en estos casos: a este organismo, que depende del Ministerio de Economía y Hacienda, le corresponde indemnizar a los asegurados.
En concreto, en el caso del terremoto, el CCS se hace cargo de los daños por este fenómeno natural, al igual que en caso de inundaciones, maremotos, erupciones volcánicas… en las mismas condiciones que si el daño se hubiera producido por otra causa cubierta en al póliza, como un incendio, por ejemplo.
El Consorcio también indemnizará por los daños directos (daños físicos) que hayan sufrido las personas, si esos daños estaban cubiertos en la póliza de vida o accidentes que tuvieran las víctimas.
Ojalá no te hayas visto afectado por el terremoto, ni nunca debas afrontar una de estas catástrofes naturales, pero llegado el caso, conviene saber qué hacer: