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El propietario de un ciclomotor o de una motocicleta, incluso de un quad, está obligado a suscribir el Seguro Obligatorio de Automóviles, exactamente el mismo que el del seguro de coches, con los mismos límites: 350.000 euros por los daños personales que sufra cada víctima y 100.000 euros por los daños materiales. El pasajero también está cubierto siempre que la moto esté autorizada a su transporte.
Ahora bien, quienes deseen contratar este seguro de forma aislada, sin más coberturas (por ejemplo, los motoristas más jóvenes que conducen ciclomotores de menos de 2.000 euros), es posible que no encuentren una sola compañía dispuesta a venderles así el seguro para su moto; en tal caso, tendrán que acudir al Consorcio de Compensación de Seguros (tel. 902 222 665; www.consorseguros.es).
Las compañías suelen ofrecer los seguros de motos en paquetes cerrados, sin posibilidad de elegir coberturas aisladas. No obstante, hay 4 garantías que acompañan al seguro obligatorio, y que conforman el seguro a terceros, son muy interesantes para el propietario de la moto.
Éstas son las garantías más interesantes para un seguro de motos:
La cobertura del seguro a todo riesgo comprende el seguro a terceros, más el seguro de daños propios, incendio y robo. Pocas compañías comercializan el seguro de motos a todo riesgo y las primas de las que lo hacen son muy elevadas. El seguro a todo riesgo para las motos es, en general, menos interesante que para los automóviles.
Las aseguradoras fijan primas diferentes en función del perfil del conductor (edad, sexo y experiencia), de la moto (cilindrada y frecuencia de utilización de la moto), siniestralidad de la zona, etc.
Algunos ejemplos de primas:
