
¿Veneno en su plato?
Con OCU-Compra Maestra, podrá estar seguro de lo que consume
Leer mas
¿Cómo reducir la factura de teléfono e Internet?
¿Cúal es la Compra Maestra en ordenadores, televisores, dvd's...?
La respuesta a un solo click
Leer mas
Hogar Consumo Ocio Dinero
Derechos Salud Tecnología
Descubra la riqueza de nuestra
bibliotieca y disfrute del
20% de descuento toto el año
Leer mas
La creación de un nuevo medicamento pasa por muchas fases, y dentro de ellas está el momento de realizar ensayos clínicos. Los ensayos clínicos en seres humanos determinar los efectos de un medicamento y detectar las posibles reacciones adversas, y de este modo calibrar su seguridad y eficacia. Hay diferentes tipos de ensayos, que se realizan en fases sucesivas.
Los resultados de los ensayos clínicos se comparan con un grupo control o testigo, al que se administra el tratamiento habitual que exista hasta el momento para la misma indicación, o un placebo o sustancia inactiva.
Depende de la fase de que se trate, el ensayo clínico debe realizarse con pacientes, o con personas sanas.
Si quien se somete a un ensayo clínico es un paciente aquejado de la enfermedad para la que se está creando el medicamento, los posibles beneficios están más claros, pese a los riesgos. Pero a veces vemos anuncios en los que se solicitan personas sanas para participar en un ensayo clínico: ¿qué saldrían ganando?, ¿pueden cobrar por participar en el ensayo?
La ley es clara y distingue dos posibles situaciones, la de los voluntarios sanos, y la de los pacientes, sujetos con un posible beneficio potencia.
Los participantes en ensayos clínicos que no vayan a obtener ningún beneficio directo del medicamento que se investiga podrán recibir del promotor una compensación económica pactada por las molestias sufridas, pero en ningún caso su cuantía podrá ser tan elevada como para inducir a un sujeto a participar por motivos distintos del interés por el avance científico.
La contraprestación se percibirá en todo caso, si bien se reducirá proporcionalmente según la participación del sujeto en la experimentación, por ejemplo, si decidiera abandonar el ensayo.
Si el voluntario es un menor o una persona incapaz de decidir por sí misma, para evitar su posible explotación, no se producirá ninguna compensación económica, salvo el reintegro de los gastos extraordinarios o pérdidas de productividad que se deriven de la participación en el ensayo.
Los enfermos que se sometan a un ensayo clínico sólo podrán recibir del promotor el reintegro de los gastos extraordinarios y la compensación de pérdidas de productividad.
Los ensayos clínicos en España están regulados por ley. La normativa establece que: