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| Reglamento sobre las promociones de venta | Mayo 2002 | |||||||||||||
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En octubre de 2001, la Comisión europea presentó una propuesta de Reglamento relativa a las ventas promocionales. Se trata de un Reglamento que sustituiría directamente las legislaciones nacionales en esta materia. El Reglamento propone suprimir las restricciones nacionales a las promociones de venta cuando dichas restricciones constituyan barreras contra la industria (especialmente contra las PYME), impidiéndole acceder a los distintos mercados nacionales (imposibilidad de exportar su modelo comercial). Al elegir como instrumento jurídico un Reglamento, la Comisión pretende armonizar al máximo las reglas que rigen las ventas promocionales y como consecuencia de ello, los Estados miembros no tendrán ninguna competencia sobre esta materia. La adopción de este Reglamento tendrá consecuencias importantes sobre las legislaciones nacionales que regulan la protección de los consumidores. El Reglamento prevé: - la aplicación de las mismas reglas a las relaciones B2B (empresas - empresas) que a las relaciones B2C (empresas - consumidores). En su definición de cliente, el Reglamento no establece diferencias entre consumidor y empresa. Por consiguiente, deberían aplicarse al consumidor las mismas reglas que a la empresa destinataria de la venta promocional. - la eliminación de las restricciones y prohibiciones a las ventas promocionales, prohibiendo a los Estados miembros que tomen medidas dirigidas a limitar las ventas promocionales (límites sobre primas, rebajas, prohibición de juegos a los que sólo se accede mediante la compra, etc.). - la introducción de exigencias de información y transparencia en las comunicaciones comerciales unidas a las promociones (por ejemplo: si la participación en un concurso está condicionada a que se efectúe una compra, deben indicarse las probabilidades de ganar; posibilidad, para el cliente, de preguntar el precio anterior a la rebaja, etc.). - la protección de los menores, principalmente mediante la prohibición de lanzar al mercado juegos promocionales que animen a los menores a divulgar datos personales, o la prohibición de distribuir muestras gratuitas de bebidas alcohólicas, etc. - que las demás restricciones nacionales consideradas proporcionales a los objetivos perseguidos sean sometidas al principio de reconocimiento mutuo. Nos oponemos a esta propuesta de Reglamento, que desembocaría, de ser adoptada, en un notable menoscabo de la protección del consumidor. |
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