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¿Se puede plantear una reclamación a la Junta Arbitral de Consumo por cuestiones derivadas de compras por medio de Internet? ¿Existe alguna legislación que regule esta cuestión?
No hay ninguna norma legal que se refiera al arbitraje de consumo en el comercio electrónico. En consecuencia, se rige por las normas generales: si la empresa está previamente adherida o acepta el arbitraje, éste se celebrará. Si la empresa se opone, el arbitraje no tendrá lugar porque se trata de un procedimiento voluntario.