
Ellos han ahorrado hasta 4.000 euros en un año. ¿Y usted?
¡Siga los consejos de la OCU... y descubra en un click cómo ahorrar miles de auros al año!
Leer mas

¡Oferta especial!
Dos meses de prueba gratuita para descubrir la atención global al consumidor...
...y recibir las revistas OCU Compra Maestra y Dinero y Derechos
Además le hemos reservado dos excepcionales regalos de bienvenida
Leer mas
El 21 de diciembre de 2000 adquirí un pulsómetro de la marca Polar, los más caros en el mercado, confiado en su calidad. Mi sorpresa fue grande cuando me di cuenta de que el reloj no era resistente al agua, ya que tras haberse mojado, se estropeó. Estos relojes son usados en triatlón, por lo que yo contaba con que fuera sumergible. Según su publicidad, el comercio donde lo compré ofrece la posibilidad de devolución de un artículo si no estás satisfecho. Por tanto, me dirigí a ellos para solicitar la devolución, pero no la reparación. Sin embargo, un empleado me informó de que se hacían cargo de la reparación sin coste alguno por estar en garantía. La propia casa Polar me ofrece cambiármelo por uno nuevo, pero yo no quiero otro reloj de la misma marca. El comercio se niega a devolverme el dinero, aunque eso tampoco es lo que yo quiero. Lo único que pido es que me vendan otro pulsómetro, pero de otra marca y no de Polar. ¿Este comercio está obrando de forma correcta al vender la idea de devolver el dinero ante la disconformidad por parte de un cliente? ¿Están respetando la publicidad que ofrecen?
Si hemos comprado un producto defectuoso, legalmente se nos ofrecen dos posibilidades: solicitar la devolución del dinero o pedir la entrega de un producto de las mismas características, pero de la misma marca. La razón de no poder cambiar de marca es que, en principio, el responsable de cumplir la garantía es el fabricante del producto que hemos comprado. Por lo tanto, el establecimiento está actuando correctamente. Usted puede aceptar la devolución del dinero y con esa cantidad comprar otro pulsómetro de otra marca. No obstante, si el establecimiento hace una publicidad que amplíe las condiciones legales (respetando siempre la ley), está obligado a cumplir lo que anuncia.