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La sentencia recién dictada por el Tribunal Supremo pone fin al proceso iniciado por la OCU en enero de 2003 mediante el cual solicitaba que se declarasen abusivas y por tanto nulas, varias de las cláusulas que muchas entidades financieras aplicaban a sus clientes, por ejemplo, en los contratos de tarjetas o al contratar préstamos hipotecarios.
Además, el Supremo también considera cláusulas nulas otras 5:
Además, el Tribunal Supremo rechaza el recurso de Caja Madrid en el único punto que aceptó, con lo cual todos los recursos interpuestos por las entidades financieras denunciadas quedan definitivamente "muertos".
Esta sentencia pone fin al proceso iniciado por la OCU en enero de 2003 mediante el cual solicitaba la declaración de abusivas de 17 cláusulas de contratos financieros que muchas entidades financieras aplicaban a sus cliente. De las 17 cláusulas impugnadas por la OCU, se han declarado nulas (al menos en parte), 13 cláusulas, lo que supone un importante logro que beneficiará a todos los consumidores.
La sentencia ya es firme, con lo que queda en pie lo establecido por la sentencia de la Audiencia Provincial, en el sentido de que la nulidad se extiende a "cualesquiera entidad bancaria o financiera que oferte en sus contratos alguna de las cláusulas declaradas nulas" y lo establecido en la sentencia del Juez de Primera Instancia que condena a las demandadas a "publicar a su costa por cuartas partes, en el plazo de quince días esta sentencia en un diario de máxima circulación de Madrid".
Ahora sólo queda pendiente la inscripción de estas cláusulas en el Registro de Condiciones Generales de Contratación como abusivas, para que su eficacia afecte a todos los consumidores que tengan una de estas cláusulas en sus contratos, trámite que la OCU pone en marcha de inmediato.