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Respondiendo a una propuesta española, la Unión Europea ha aprobado un nuevo reglamento que establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de los productos sin gluten.
La norma establece dos categorías:
La OCU se congratula de la adopción de esa norma, que regulará todo el mercado europeo, y que, de aplicarse de forma correcta, resolverá los problemas a los que hoy en día se enfrentan los enfermos, y que la Organización de Consumidores y Usuarios ha denunciado en varias ocasiones: en especial, que haya en el mercado productos anunciados como "sin gluten", en los que en la práctica sí se encuentra esta proteína, como se demostró en el análisis publicado en OCU Salud nº 70.
La entrada en vigor de esta norma supondrá una sustancial mejora para los consumidores que tienen alguien con este problema en su entorno.
No obstante, a juicio de la OCU, hay algunos aspectos mejorables en el nuevo reglamento.
Desde la OCU instamos a que el Ministerio de Sanidad y Consumo ponga todo de su parte, con análisis y controles, para verificar que la aplicación efectiva de esta normativa, algo que favorece a los enfermos, por supuesto, pero también a todos los consumidores en general.