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Consultorio

Movistar no me aplica la tarifa plana alegando que no hay contrato escrito

Consulta

El 17 de noviembre adquirí una tarjeta PCMCIA en una promoción de Movistar que ofrecía 1 GB de tarifa plana por 15 euros al mes durante los tres primeros meses, y el resto 30 euros.

La referida PCMCIA la adquirí a través de un distribuidor de Molina de Aragón, el cual era la primera vez que contrataba este servicio. Me dijo que estas gestiones las hacía por teléfono y que no se firmaba ningún contrato. Yo, sin ningún motivo para desconfiar del distribuidor, tomé la PCMCIA y me puse a trabajar con ella.

Mi sorpresa fue mayúscula cuando la factura del 18 de noviembre al 17 de diciembre ascendía a 1.233,85 euros. Puesto en contacto con Telefónica, me dijeron que yo no tenía contratada la tarifa plana de 1G y que se me había facturado por un Contrato de Datos UMTS 3G. Tras infinidad de llamadas y de explicar mi caso a multitud de operadores, una asesora de servicio se puso en contacto con la persona que me había proporcionado la PCMCIA y comprobó que sí había contratado la tarifa plana. Hablé de nuevo con el distribuidor, y me dijo que en su conversación con la asesora de servicio ésta le había indicado que teníamos que haber firmado un contrato, y que él les dijo que deberían haberle informado correctamente de cómo se hacían las cosas.

La asesora de servicio me llamó nuevamente y me dijo que ya estaba todo arreglado y que volverían a mandar la factura con la tarifa correcta. En ese momento, volvió a surgir otro problema, pues afirmaba que yo había sobrepasado el límite de 1G de la tarifa plana en 50 MB, algo de todo punto imposible, porque yo había dejado sin consumir, por si acaso, alrededor de 150 MB (hay un escritorio asociado a la PCMCIA que señala el consumo). Ante mi protesta, la asesora me dijo que ella no podía hacer nada y que, en todo caso, el escritorio era orientativo.

Nuevamente tuve que empezar mis gestiones desde el principio, hasta que un asesor técnico, al decirle que un desajuste de más del 10% entre mi consumo y lo que señalaba mi escritorio no se podía considerar orientativo, me dijo que debía realizar unas comprobaciones y que posiblemente habían computado mal mi consumo, pues estaban realizando cambios en el servicio. Realizadas las comprobaciones me dijo que, efectivamente, habían computado 100 MB de tráfico que no me correspondían, de manera que se iba a corregir mi factura.

La factura correspondiente del 18 de diciembre al 17 de enero que recibí ascendía a 309,16 euros, mas a los pocos días recibí una nueva factura con -309,16 euros y otra ya corregida de 17,40 euros, de lo que yo deduje que todo estaba por fin solucionado.

Sin embargo, el pasado 5 de enero la PCMCIA no me permitía conectarme a Internet. Cuando me puse en contacto con Telefónica Movistar me informaron de que tenía una factura impagada de 1.233,85 euros y que por ello se me había cortado la línea.

Nuevamente, repetí todo el proceso hasta que pude hablar con la persona encargada de mi caso, quien me dijo que mi reclamación había sido denegada, ya que para corregir la factura es necesario el contrato. Además, afirmaba que de mi reclamación sobre los 50 MB de más que se me habían computado no había registro alguno, y que mi consumo era el que se me había dicho desde el principio.

Veo cada vez menos posible una solución amigable. ¿Cómo me aconsejan proceder?

Respuesta

En primer lugar, es cierto que todas las condiciones y los servicios, incluidos los adicionales, deben figurar en el contrato. Si usted contrató por teléfono, es obligación de Telefónica Movistar hacérselo llegar para que lo devuelva firmado.

Los operadores están obligados a facilitar información sobre el contenido de los contratos y, si el consumidor no está de acuerdo en parte o en alguna de las condiciones, tiene el derecho a desistir sin verse condicionado u obstaculizado por cláusulas de permanencia, que hasta ahora eran muy frecuentes, según la reciente Ley 44/2006 de 29 de diciembre que será de aplicación a partir del próximo mes de marzo.

Es contradictoria la respuesta que le dan cuando dicen que la reclamación ha sido denegada por el Departamento de Atención al Cliente por carecer de contrato, en primer lugar por que ya han atendido una de sus reclamaciones y corregido una factura y, en segundo lugar, porque el contrato existe, aunque usted no tenga una copia en su poder.

Nuestro consejo s que someta su caso al sistema arbitral de consumo, que se caracteriza por la rapidez en las decisiones adoptadas, por la gratuidad del procedimiento para ambas partes y por que el laudo arbitral es de obligado cumplimiento para las partes. Al tratarse de un método extrajudicial de resolución de conflictos, el sometimiento a la resolución que adopte el Colegio Arbitral es completamente voluntario, pero Telefónica está adherida al sistema y, por lo tanto, usted tiene asegurada la asistencia de esta empresa.

Para iniciar la vía arbitral, debe ponerse en contacto con la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su localidad y rellenar el impreso correspondiente de solicitud. Recuerde que cuantos más datos aporte a la vista, más posibilidades tiene de demostrar que ha sido perjudicado por la mala información que le dieron telefónicamente, por no haberle facilitado el contrato escrito y por no haberle indicado el número de referencia que tenía la reclamación que usted planteó. Insista en la contradicción de que una reclamación haya sido atendida y la otra le dicen que no se puede atender, ya que no hay contrato.

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