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Llega el carné por puntos

Llega el carné por puntos

A partir del 1 de julio de 2006, los conductores tendrán un carné provisto de un cierto número de puntos. Los conductores expertos partirán de un saldo de 12, los noveles, con menos de 3 años de experiencia, empezarán con 8.


Este saldo puede aumentar si van pasando los años y no se cometen infracciones, llegándose hasta un máximo de 15 puntos. Pero también puede menguar en mayor o menor medida dependiendo del tipo de infracción que se cometa. Sepa el número de puntos que puede perder.

  • 6 puntos menos por:

    • Conducir bajo los efectos de estupefacientes y similares.

    • Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,5 mg/l (0,3 para profesionales).

    • No someterse a las pruebas para la detección de alcohol y otras drogas.

    • Conducir temerariamente.

    • Sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima autorizada, superándola en al menos 30 km/h (por ejemplo, ir a más de 180 km/h en autopista).

    • Conducir en sentido contrario, participar en competiciones y carreras.

    • Exceder en más del 50% los tiempos de conducción y descanso establecidos para conductores profesionales.

  • 4 puntos menos por:

    • Ocupación excesiva del vehículo (aumentar en un 50% el número de plazas autorizadas, excluido el conductor).

    • Conducir con una tasa de alcohol de entre 0,25 y 0,50 mg/l (entre 0,15 y 0,30 mg/l para profesionales y conductores noveles).

    • Conducir negligentemente.

    • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación.

    • Sobrepasar en menos de un 50% la velocidad máxima autorizada, pero superándola en más de 40 km/h.

    • Incumplir las disposiciones sobre prioridad de paso, stop y semáforos en rojo.

    • Adelantar sin visibilidad o poniendo en peligro a quienes circulen en sentido contrario.

    • Conducir un vehículo con un permiso no habilitado para ello.

    • Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté prohibido.

    • Circular marcha atrás en autopistas o autovías.

    • Aumentar la velocidad impidiendo o dificultando el adelantamiento por otro conductor.

    • Adelantar poniendo en peligro a ciclistas.

    • No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.

  • 3 puntos menos por:

    • Parar o estacionar en lugares peligrosos.

    • Efectuar de forma antirreglamentaria un cambio de sentido.

    • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.

    • No usar el cinturón de seguridad, el casco y demás dispositivos de protección, como el sistema homologado adaptado a la talla y peso de los menores.

    • Utilizar manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo similar mientras se conduce.

    • Exceder los límites de velocidad entre 30 y 40 km/h.

  • 2 puntos menos por:  

    • Circular sin alumbrado o sin ajustarse a las normas.

    • Llevar un antirradar.

    • Exceder los límites de velocidad entre 20 y 30 km/h.

    • Parar o estacionar en los carriles destinados al transporte público urbano.

    • Parar o estacionar constituyendo un riesgo en curvas, cambios de rasante, túneles…

    • Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores.

A partir del 1 de Julio, usted podrá conocer su saldo acudiendo a cualquier Jefatura de Tráfico o consultando la web www.dgt.es, donde se le requerirá su DNI y la fecha de expedición del permiso. Si, además, tiene un certificado digital, podrá repasar las diversas infracciones que le vayan ocasionando la pérdida de puntos.

Más información en:



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