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La unión hace la fuerza, y por eso, en su defensa de los intereses de los consumidores, la OCU no está sola. Forma parte, junto con otras asociaciones de consumidores (la portuguesa DECO, la italiana CCA y la belga ABC) de grupo de consumidores europeos Euroconsumers.

El trabajo conjunto de estas asociaciones, que en total representan a más de un millón de familias, no deja de dar frutos. Un buen ejemplo de ello es la adopción de posturas conjuntas ante asuntos de interés para todos, y la elaboración de unas "posiciones comunes" acerca de temas de actualidad que afectan a consumidores y usuarios.

Éstos son los temas sobre los que se ha elaborado una postura conjunta de Euroconsumers. Podrá encontrar, para cada uno de ellos, la definición del problema y el contenido concreto de la posición común.


1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
Modernización de las normas sobre la competencia Diciembre 2000
Definición del problema
Posición común

La competencia es la base de la facultad de elección del consumidor:

Hasta ahora, se ha considerado que el único sistema apropiado para establecer unos criterios homogéneos de evaluación era el de la aplicación, de forma centralizada, de toda una serie de normas de competencia comunitaria por parte de la Comisión.

Sin embargo, este sistema, que fue esencial para la creación de una cultura homogénea de la competencia en Europa, está ahora, después de más de cuarenta años, desfasado y es demasiado complicado.

A este respeto, la Comisión ha decidido poner en marcha una reforma que consiste, en la abolición del sistema automático de notificaciones y de exenciones, en beneficio de un régimen de excepciones legales aplicado, vía Reglamento, por los Estados Miembros. Este sistema se incorporaría a un Reglamento que haría que las nuevas disposiciones en materia de competencia (excepciones, control, recursos...) se aplicaran directamente en el ámbito de los Estados Miembros. Así, la política de la competencia sería descentralizada hacia las instancias nacionales, manteniendo la Comisión un poder amplio de control y asegurándose de esta manera, el mantenimiento de una política de la competencia coherente a nivel comunitario.

1. La competencia es esencial para una verdadera posibilidad de elección por parte del consumidor.

Por lo tanto, consideramos que toda reforma de esta política, fundamental para el consumidor y el mercado único, debe tener como objetivo una mayor eficacia sin perjudicar la coherencia del sistema a nivel comunitario.

2. Apoyamos las proposiciones de reforma formuladas por la Comisión en el libro blanco sobre la modernización de las normas de aplicación de los artículos 85 y 86 del Tratado CE y que consisten en potenciar la política de competencia, reemplazando el régimen de autorización y de notificación, en beneficio de un régimen de excepción legal, estableciendo así una descentralización hacia los Estados Miembros y un refuerzo del control a posteriori.

3. Este fortalecimiento del control debe ser efectivo, tanto en el ámbito nacional como en el ámbito comunitario. Principalmente, hay que simplificar los procedimientos para la presentación de las denuncias, acortar su duración y prever unas vías de recurso más simples, que permitan a las asociaciones de consumidores defender los intereses perjudicados por el comportamiento anticompetencial de un operador y poder acudir directamente a las instancias competentes.

4. En caso de un nuevo reparto de competencias entre la Comisión y los Estados Miembros, se tendrán que elaborar unos mecanismos encaminados a evitar y a resolver los eventuales conflictos y a permitir una cooperación continua entre las autoridades nacionales y las comunitarias.

Con carácter general, conforme a su papel de depositaria de los Tratados y poseedora de la iniciativa comunitaria, la Comisión deberá hallarse en condición de iniciar, orientar y de controlar la aplicación de una política reformada de la competencia. Así, en todo momento, la Comisión debe poder sustraer un asunto de la competencia de las autoridades nacionales, si lo considera necesario, de cara a mantener la eficacia y la homogeneidad de la política de la competencia en la Comunidad.

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