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Voy a alquilar un coche y como
no dispongo de tarjeta de crédito, me reclaman,
en efectivo, una fianza de 500 euros. ¿Es
eso normal?
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He tenido un accidente con
el coche alquilado, ¿estoy asegurado?
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El coche alquilado se ha averiado,
¿puedo reclamar otro?
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Me han robado el coche que
alquilé, ¿soy el responsable?
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Al final del periodo de alquiler,
el coche está ligeramente rayado. La empresa
que me lo alquiló se niega a devolverme
la fianza, aunque su importe es muy superior al
coste de los desperfectos. ¿Es eso normal?
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Voy a alquilar un coche y como
no dispongo de tarjeta de crédito, me reclaman,
en efectivo, una fianza de 500 euros. ¿Es
eso normal? |
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En estos casos hay que atenerse a las condiciones
específicas de la contratación,
y es habitual que, en este sector, la empresa
exija una garantía, ya que pone a disposición
del cliente un vehículo y existe la posibilidad
de que surjan problemas.
Por lo general, las empresas de alquiler de vehículos
exigen, en el momento de contratar, la presentación
de una tarjeta de crédito. Además,
antes de formalizar la contratación solicitan
a la entidad emisora de la tarjeta una autorización
por un importe superior al coste del servicio
contratado, en garantía de las obligaciones
de pago del cliente. Esta cantidad queda disponible
a solicitud de la empresa en el momento de hacer
la reserva.
Cuando el vehículo se devuelve, la cantidad
facturada por el coste del servicio se carga a
la tarjeta de crédito del cliente, si éste
no elige otro medio de pago.
En la práctica, en el momento de realizar
la contratación no suelen aceptar dinero
en efectivo (y cuando excepcionalmente se da este
supuesto, la suma que piden es enorme, de forma
que el cliente se ve obligado a inmovilizar una
cantidad considerable.
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He tenido un accidente con el coche alquilado,
¿estoy asegurado? |
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Cuando se alquila un vehículo, las tarifas
de alquiler incluyen las coberturas del Seguro
Obligatorio del Automóvil y del Seguro
Complementario de Responsabilidad Civil con garantías
ilimitadas por los daños y perjuicios frente
a terceros derivados del uso y circulación
del vehículo.
Esta cobertura cubre los daños ocasionados
a las víctimas de un accidente del que
el conductor sea responsable: al conductor del
otro vehículo, peatones, y todos los pasajeros
del vehículo a excepción del conductor.
Sin embargo no cubre los daños, pérdidas
o cualquier otro perjuicio tanto en el equipaje
como en el propio vehículo por accidente
o robo.
Si usted quiere tener una cobertura más
amplia, algo aconsejable, tiene que contratarla
expresamente y por supuesto pagar la tarifa correspondiente.
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El coche alquilado se ha averiado, ¿puedo
reclamar otro? |
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Póngase en contacto con la empresa que
se lo ha alquilado o con la compañía
de asistencia en carretera concertada con ella.
Si no es posible solucionar inmediatamente la
avería, la empresa debe procurar que usted
disponga lo antes posible de un vehículo
que pueda circular, y para eso, si el coche averiado
no puede ser inmediatamente reparado, tendrá
que proporcionarle otro vehículo.
Las condiciones generales de los contratos establecen
que sólo en los casos de urgencia, y cuando
el arrendador lo haya autorizado expresamente,
se aceptarán cargos por reparaciones que
sean ajenos a la compañía de asistencia
concertada por la empresa.
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Me han robado el coche que alquilé, ¿soy
el responsable? |
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Cuando usted alquila un vehículo, es responsable
de los daños y sustracciones que sufra
total o parcialmente dicho vehículo y no
estén cubiertos por los seguros obligatorios
o por los opcionales que eventualmente usted haya
concertado. Ni el Seguro Obligatorio del Automóvil
ni el de Responsabilidad Civil Ilimitada cubren
los daños por robo, así que, en
el supuesto de que no hubiera concertado una garantía
opcional, efectivamente sería responsable.
Ahora bien, en todo caso habrá que atenerse
a las condiciones generales del contrato, ya que
algunas compañías contienen servicios
opcionales que presta el arrendador y que, mediante
su contratación, eximen al cliente (salvo
el importe de la correspondiente franquicia),
de la responsabilidad en determinados supuestos,
como suele ser el robo total o parcial del vehículo.
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Al final del periodo de alquiler, el coche está
ligeramente rayado. La empresa que me lo alquiló
se niega a devolverme la fianza, aunque su importe
es muy superior al coste de los desperfectos.
¿Es eso normal? |
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Si el seguro contratado es a todo riesgo, no,
ya que su cobertura incluye estos desperfectos,
(si se estipuló una cantidad como franquicia,
usted pagará como máximo ese importe,
y el resto irá a cargo del seguro).
En cambio, si carece de cobertura y existe culpa
del cliente, le pueden reclamar el importe de
la reparación, previa justificación
con un presupuesto, que realizarán reteniendo
esa cantidad de la fianza. Si el importe de la
reparación sobrepasara el importe de la
fianza, la empresa podría reclamarle la
diferencia. Y cuando el importe de la reparación
resulte claramente inferior a la fianza la empresa
de alquiler le debería devolver la parte
correspondiente de la garantía, y no es
normal que se niegue a hacerlo. Si ése
es el caso y no es posible llegar a un acuerdo,
presente una reclamación, usando para ello
las Hojas de Reclamaciones de la empresa, y diríjase
a la Junta Arbitral de Transportes Terrestres,
a través de la Oficina Municipal de Información
al Consumidor.
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