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Notas de prensa

El ruido, una molestia evitable

El ruido, una molestia evitable

De todas las molestias que soportan los habitantes de las ciudades, los ruidos y las vibraciones son señalados como las más agresivas y perturbadoras, por delante incluso de los humos contaminantes. ¿Cómo puede defenderse el ciudadano?

Insomnio, estrés o daños auditivos son algunos de los trastornos que puede causar el ruido excesivo. Por eso la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en el número de marzo de su revista Dinero y Derechos , diseña una estrategia en 8 pasos para aquellas personas que no se resignan a sufrir los ruidos en silencio.

1º. Identificar las causas del ruido: ¿La molestia es responsabilidad exclusiva de quién emite el ruido (una discoteca, una zona de carga y descarga de mercancías...) o es también responsabilidad de un deficiente aislamiento acústico de la vivienda?

2º. Cuando se trate de una deficiencia de construcción,  fijarse en la antigüedad de la vivienda, porque quizás sea posible exigir al promotor, constructor, arquitecto y aparejador que reparen los daños. Si la licencia de obras se solicitó antes del 6/5/2000, el plazo de garantía de la vivienda suele ser de 10 años, como mínimo, desde el momento de la entrega. Si la licencia se solicitó a partir del 6/5/2000, el plazo se reduce a 3 años.

3º. Cuando no se trate de una deficiencia de construcción, consultar las ordenanzas municipales para saber si se está incumpliendo la normativa de emisión de ruidos.

4º. Reclamar de forma amistosa: Antes de pasar a mayores, la OCU aconseja dirigirse a los responsables del ruido y pedirles que lo moderen hasta niveles soportables. Esto puede hacerse en persona o, mejor aún, con una comunicación fehaciente (un telegrama con acuse de recibo, por ejemplo), que pueda servir de prueba más adelante. Además, será mucho más efectivo si todas las personas afectadas por el ruido se unen en la misma acción.

5º. Reclamar al Ayuntamiento, si la solución amistosa no da resultado. Es conveniente denunciar los hechos por escrito y de forma pormenorizada, y conservar duplicado de la denuncia.

6º. Reclamar ante la Comunidad Autónoma, si el Ayuntamiento desoye sus peticiones.

7º. Acudir al Defensor del Pueblo, nacional o autonómico, para que interceda ante el Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma, aunque sus resoluciones no son de obligado cumplimiento.

8º. Reclamar por vía judicial es el último recurso que propone la OCU: Lo normal es reclamar por la vía civil; es decir, actuar directamente contra quien produce las molestias para que se terminen y, si procede, pedirle indemnización por los daños materiales y morales causados, que el perjudicado tendrá que cuantificar. También es posible utilizar la vía contencioso-administrativa, cuando se reclama a la Administración.

La OCU es una organización de consumidores y usuarios sin ánimo de lucro que nació en 1975, inspirada en las que ya existían en el Norte de Europa. Desde la independencia, sus profesionales elaboran información especializada en materia de consumo y pretenden acercar la respuesta a sus problemas, primero, a sus socios y, por extensión, a todos los consumidores, cuya voz está presente ante los distintos ámbitos de decisión en nuestra sociedad. Actualmente la OCU forma parte de la estructura internacional Conseur, integrada por las asociaciones hermanas de Bélgica, Italia, Portugal, Francia y Luxemburgo, que agrupan a más de un millón de familias asociadas.

Para más información pueden ponerse en contacto con
Ileana Izverniceanu, Tfno.: 91 300 00 45, o
ileana@ocu.org.