La OCU exige la modificación de ley de crédito al consumo
La OCU se ha dirigido al Gobierno y a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso para que tomen las medidas oportunas y modifiquen, cuanto antes, la normativa de crédito al consumo con el fin de evitar que vuelvan a producirse situaciones de indefensión para el consumidor, como en el caso de las academias de idiomas.
El cierre de las academias Oxford ha vuelto a poner de manifiesto la inaplazable tarea de abordar la grave situación de indefensión en la que se encuentran los consumidores debido a la ambigüedad de la normativa de crédito al consumo, cuya modificación se promete cada vez que surge un escándalo en este ámbito. Tras el antecedente de Aula Magna, en 2002 fue el llamado caso Opening (para la OCU la crisis más grave de consumo en 2002, con más de 80.000 afectados) el que dejó al descubierto la absoluta falta de garantías que estos servicios tienen para los usuarios.
Dos nuevas academias, Brigthon, primero, y Oxford, después, han seguido el mismo camino y han dejado tras de sí una estela de alumnos defraudados y con presuntas deudas exigidas por las entidades financieras, cuya particular interpretación de los contratos ha sido reiteradamente contradicha por sentencias de los tribunales de diversas instancias.
Pese a las actuaciones prometidas desde la Dirección General de Consumo y Atención al Ciudadano y desde las distintas Autonomías, algunas de las entidades financieras han comenzado a incluir en los ficheros de "morosos" a aquellos alumnos que dejaron de pagar por el cierre de las academias y que ya no recibían las clases. La OCU tiene constancia de que algunas entidades financieras (como el SCH, por ejemplo) lo han hecho a pesar de que se les ha comunicado que la deuda está ya discutida en los tribunales.
Lamentablemente, en estas situaciones el debate se centra en la obligatoriedad de seguir pagando a las entidades financieras una vez suspendido unilateralmente el servicio por parte de las empresas que prestan el servicio (en este caso las academias) sin considerar las consecuencias negativas que esa suspensión acarrea para los consumidores.
La OCU, consciente de la urgencia de conseguir un marco jurídico más seguro para los consumidores que contratan un servicio por medio del pago aplazado, considera necesario que se produzcan cuanto antes las modificaciones legales tantas veces prometidas. Aun sabiendo que existe un proyecto para modificar la Directiva Europea sobre Crédito al Consumo, la OCU considera que el texto sigue siendo ambiguo al regular la vinculación entre el contrato de prestación de servicios y el de su financiación.
Por ello, la OCU se ha dirigido a la Ministra de Sanidad y Consumo y a los Grupos Parlamentarios del Congreso y al Gobierno para que se tomen las medidas necesarias, tanto en el ámbito nacional como en el europeo (en el marco de la modificación de la citada Directiva), tendentes a establecer con absoluta claridad la relación de vinculación entre los contratos de servicios y los de financiación (sea cual sea su modalidad) y las garantías precisas para cubrir la responsabilidad civil de las empresas sobre las consecuencias negativas de este tipo de actuaciones.