Área de registro

Boletín electrónico

Oferta especial: Dos meses de prueba gratuita + una videocámara digital y un boligráfo con lector usb y puntero láser
Más info Suscribirse

Guía recomendada

Los mayores. Salud y calidad de vida en la vejez
  • Precio socios: 14.45 €
  • Precio no socios: 18.45 €
Leer más

Notas de prensa

La OCU aconseja informarse con detalle antes de contratar un seguro temporal de vida

La OCU aconseja informarse con detalle antes de contratar un seguro temporal de vida

Muchas personas optan por suscribir un seguro de vida buscando asegurar el porvenir de su familia si a ellos les pasara algo. Sin embargo, en demasiadas ocasiones los usuarios se encuentran en una situación de indefensión ante las aseguradoras. La Organización de Consumidores y Usuarios trata de este tipo de productos en el número de enero nº 74 de su revista Dinero y Derechos, poniendo de relieve algunos de los principales problemas para el consumidor.

La principal razón de ser de un seguro de vida es ofrecer a las personas cuya subsistencia depende de los ingresos de otra (los beneficiarios del seguro), una cobertura económica en caso de que el asegurado falleciera o quedara inválido. Por eso, estos seguros de vida son una buena opción para aquellas familias cuya principal fuente de ingresos viene de una única persona, o para aquellos que hayan contraído deudas que difícilmente se podrían afrontar si menguan los ingresos. También pueden servir como productos de inversión si garantizan un capital en caso de supervivencia. Sin embargo, aunque los seguros de vida son un producto recomendable para muchas personas, la Organización de Consumidores y Usuarios quiere llamar la atención sobre algunos aspectos problemáticos para las personas que optan por este tipo de productos.

Seguros de vida: pueden ser una buena opción, pero...

· Al consumidor se le suele suministrar poca información: no se informa de a qué se destina cada parte de la prima, cuál es la TAE de la operación al vencimiento, o en caso de rescate o de reducción.

· En algunos casos, el asegurado puede encontrarse de repente sin seguro: no sólo porque quiebre la aseguradora, sino también porque en los seguros temporales renovables anualmente, las aseguradoras pueden oponerse a la prórroga (por ejemplo, porque surja un problema de salud).

· Por último, cobrar la indemnización no es nada sencillo, ya que además de la redacción del parte de siniestro, con la comunicación a la aseguradora y la solicitud de indemnización, es preciso aportar la documentación que acredite el siniestro (el certificado de defunción y otros), y también la que demuestre su condición de beneficiario, etc. El consumidor que se vea en está situación tendrá que realizar además otros dos trámites: la solicitud del certificado de últimas voluntades y, en su caso, testamento, y la liquidación y el pago (si corresponde) del Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Para la OCU, éste es un complejo proceso que retrasa el momento de percibir la indemnización y que va en contra de la esencia misma del seguro, que no es otra que proteger a las personas que deben cobrar ese dinero.

Mucho que mejorar

A la luz de los resultados de su estudio, la Organización de Consumidores y Usuarios se va a dirigir a las autoridades en la materia solicitando, entre otras cuestiones relativas a los seguros de vida:

Una mayor información al consumidor

Sería preciso desglosar claramente las distintas partidas de la prima (prima de fallecimiento, de invalidez, gastos, ahorro...), así como conocer a qué clase de inversiones destina la aseguradora el dinero y cuánto reportan esas inversiones, para mejorar el control, por parte del asegurado, de la participación en beneficios. También resulta indispensable conocer la TAE de la póliza en sus distintas opciones.

La creación de un fondo de garantía en caso de insolvencia de las aseguradoras

La imposibilidad, por parte de la compañía, de oponerse a la renovación de las pólizas anuales renovables

Hasta la fecha máxima que se prevea en el contrato. Esto sería aplicable también a los seguros de salud.

La agilización de los trámites a la hora de cobrar el seguro

Esto se podría conseguir mediante la eliminación de la responsabilidad subsidiaria de la aseguradora en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (para lo que habría que modificar el Reglamento) y también gracias a la modificación de la Ley de Contrato del Seguro, donde se menciona el testamento como medio para designar a los beneficiarios. De esta forma no sería necesario tener el certificado de últimas voluntades y el testamento si los beneficiarios se han designado nominalmente o identificado mediante su vínculo con el asegurado. Por supuesto, seguiría siendo posible modificar en el testamento a los beneficiarios pero, al igual que sucede con los planes de pensiones, sin que eso retrasara el cobro.

A juicio de la Organización de Consumidores y Usuarios, urge adoptar estas medidas, pues sólo de esta manera se conseguirá que el seguro de vida cumpla con lo que es su finalidad última: que, ante el fallecimiento de quien sustenta la familia (y ha pagado sus primas correspondientes), los beneficiarios puedan acceder a la indemnización que les corresponde de una forma rápida y sencilla.

La OCU es una organización de consumidores y usuarios sin ánimo de lucro que nació en 1975, inspirada en las que ya existían en el Norte de Europa. Desde la independencia, sus profesionales elaboran información especializada en materia de consumo y pretenden acercar la respuesta a sus problemas, primero, a sus socios y, por extensión, a todos los consumidores, cuya voz está presente ante los distintos ámbitos de decisión en nuestra sociedad. Actualmente la OCU forma parte de la estructura internacional Conseur, integrada por las asociaciones hermanas de Bélgica, Italia, Portugal, Francia y Luxemburgo, que agrupan a más de un millón de familias asociadas.