
Ahorrador telefonico OCU
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Recordando el pleito entre un particular y una empresa de telefonía móvil que había colocado una antena en su tejado, y en el que el juez falló a favor del particular porque «La empresa debía demostrar primero que no era nocivo» y no a la inversa, como suele pasar cuando el mal ya está hecho y se debe demostrar que ha sido a causa de... Mi pregunta es la siguiente: ¿No deberíamos los consumidores exigir igualmente que se demuestre antes que los productos transgénicos no son o serán nocivos para la salud? Como mínimo, la ley, en lugar de proteger a estas empresas, debería exigir que se especifique en la etiqueta si son OGM o no y nosotros ya decidiríamos. Siempre estamos a la cola de Europa.
La normativa en vigor en España es la misma que en el resto de la Unión Europea. Establece que, antes de su aprobación por la Unión Europea, los productos transgénicos deben demostrar su inocuidad con análisis exhaustivos de su composición y pruebas experimentales sobre los efectos de su consumo. También deben aportar estudios sobre su efecto medioambiental, que se realizan en cultivos de experimentación. La situación no es la misma en otros países del mundo como China donde, según todos los indicios, los requisitos para su aprobación son bastante escasos.
En Europa, además, es obligatorio que se mencione en la etiqueta que son OGM y está a punto de aprobarse una normativa que obliga a hacer un seguimiento de todos los productos OGM, de manera que cualquier alimento que contenga algún ingrediente derivado de una planta OGM lo indique en la etiqueta. En estos momentos, no se están aprobando nuevos OGM hasta que se establezca la mencionada legislación. En opinión de la OCU, esta normativa tiene bastante en cuenta las posiciones de los consumidores.