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En el catálogo publicitario de una tienda de muebles se anunciaba un mueble que costaba 4.003 ptas al mes. Como nos gustó, fuimos a comprarlo. El vendedor nos dijo que no nos lo podía vender a ese precio y que el catálogo estaba equivocado. Varios meses después, el folleto contenía las mismas ofertas y precios, y el mismo "error tipográfico". Como seguíamos interesados en comprar el mueble, volvimos al establecimiento… con idénticos resultados a la vez anterior. ¿Qué se puede hacer en estos casos?
No cabe duda de que el anunciante está obligado a cumplir lo que indica en sus mensajes publicitarios. Y de nada sirve que se escude diciendo que se trata de un error tipográfico. En casos como éste, cuando parece evidente que el vendedor no tiene intención de solucionar el problema, de poco sirve el arbitraje de consumo, pues la empresa no querrá someterse a su veredicto. Y la vía judicial es tan cara que no se la aconsejamos. Lo mejor es solicitar la intervención de la OMIC y, si eso no funciona, presentar una denuncia ante la Dirección General de Comercio y Consumo, que tiene competencia para sancionar a las empresas si estima que ha habido un incumplimiento aunque el consumidor no recibirá ninguna indemnización por los posibles daños ocasionados.