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Fórum Filatélico

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El 7 de febrero la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo dictó sentencia sobre el recurso interpuesto por Ausbanc contra el RD 613/2006 que regulaba las subvenciones que desde el INC se preveía liberar a las asociaciones de consumidores para el apoyo y asesoramiento de los afectados por Afinsa y Fórum Filatélico. En dicha sentencia se establece la nulidad de las subvenciones concedidas en función del número de socios representados en las acciones judiciales mientras que las demás pretensiones de Ausbanc resultan desestimadas. Esta sentencia se puede recurrir.

En cualquier caso, lo que debe quedar claro y por encima de toda duda es que esta sentencia no afecta en absoluto a la marcha de los distintos procedimientos penales y concursales de las acciones emprendidas contra Afinsa y Fórum Filatélico.

Las novedades en el proceso contra Fórum se han producido en la vía concursal.

  • Se acaba de conocer la sentencia que resuelve la demanda incidental de Fórum contra el informe de los administradores: desestimando la demanda (aunque sin condena en costas). Lo que establece el juez en su sentencia es importante por cuanto que puede definir las líneas del resto del concurso. El equipo jurídico de la OCU está estudiando y analizando las implicaciones de esta sentencia. Le mantendremos informados.
  • El juez Garzón está investigando la actuación de algunas entidades bancarias buscando que aflore más dinero pero en este punto somos poco optimistas con los resultados; por otro lado, ha paralizado la posible devolución a Forum de ingresos indebidos por parte de Hacienda, como pretendía la empresa filatélica.
  • Empieza a hablarse de la posibilidad de que, en vía penal, se pudiera llegar a exigir la responsabilidad patrimonial del Estado si se demostrara que funcionarios de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) conocían la forma de actuar de estas empresas y no hicieron nada por impedirlo. De momento esto es sólo una opción, que podría abrir la puerta a una eventual exigencia de la responsabilidad patrimonial de la Administración si se demuestra la negligencia de algún funcionario en la supervisión.
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Anticipos a cuenta

El Senado acordó ampliar la línea de créditos del ICO, aumentando la cantidad máxima que puede recibir, como préstamo sin interés a 6.000 euros, siempre que la cantidad no supere el 17,5% de la deuda reconocida (antes era el 15%). Para los afectados que además estén desempleados, jubilados, sean discapacitados, o bien reciban por debajo del salario mínimo, ese porcentaje puede llegar al 40% siempre que esa cantidad no supere los 15.000 euros. Sin embargo, la mala gestión de este tipo de préstamos están haciendo las pocas entidades financieras que han entrado en el proyecto del ICO y las condiciones que se están imponiendo para acceder a los créditos, que son casi disuasorias, hacen que en la práctica, estos planes tienen muy pocas consecuencias para los afectados.

El plazo para solicitar las ayudas del ICO se ha ampliado hasta el 31 de marzo.

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