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Notas de prensa

La OCU apuesta por la participación y el sí en el referendum

“El día 28 de octubre de 2004 deberá figurar desde ahora en rojo en nuestros calendarios de consumidores españoles y europeos”, ha declarado el Presidente de la OCU, Carlos Sánchez-Reyes. Tras la firma de la Constitución Europea por los Jefes de Estado y de Gobierno de los 25 países de la UE, la OCU, cuya vocación europeísta admite pocas dudas, considera que hay motivos suficientes para la alegría y el optimismo. Tras la Europa del Mercado Único y de la Libre Circulación llega la Europa de los Ciudadanos, la Europa de los Consumidores en la que la defensa de los derechos de los consumidores deberá armonizarse hasta alcanzar los niveles máximos de protección, se proceda del país del que se proceda y se esté en el país en que se esté.

En la Parte III, de las Políticas y el funcionamiento de la Unión, en el Título III y Capítulo III, la sección 6ª se refiere a la Protección de los consumidores en el art. III-235. Dice:

“1. Para promover los intereses de los consumidores y garantizarles un nivel elevado de protección, la Unión contribuirá a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como a promover su derecho a la información, a la educación y a organizarse para defender sus intereses.
2. La Unión contribuirá a que se alcancen los objetivos enunciados en el apartado 1 mediante: a) medidas adoptadas en aplicación del art. III-172 en el marco del establecimiento o del funcionamiento del mercado interior; b) medidas que apoyen, complementen y supervisen la política llevada a cabo por los Estados miembros.
3. La ley o ley marco europea establecerá las medidas mencionadas en la letra b) del apartado 2. Se adoptará previa consulta al Comité Económico y Social.
4. Los actos adoptados en aplicación del apartado 3 no obstarán a que cada Estado miembro mantenga o adopte disposiciones de mayor protección. Éstas deberán ser compatibles con la Constitución y se notificarán a la Comisión”.

En el artículo III-172 se refiere, otra vez, al nivel elevado de protección de los consumidores, “teniendo en cuenta especialmente cualquier novedad fundada en hechos científicos”.
Como en el artículo 51 de la Constitución Española, en la Europea se reconocen expresamente los cinco derechos fundamentales de los consumidores: a la salud, a la seguridad, a protección de sus intereses económicos, a la información y a asociarse con el fin de hacer oír su voz..
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Todavía queda un largo camino por hacer hasta que esa realidad llegue. Tras la aprobación de la Constitución vendrá el desarrollo normativo y ese proceso requerirá, a buen seguro, su tiempo. Pero el primer paso está dado y eso ya es una buena noticia para todos los consumidores en Europa, a pesar de que la OCU y el resto de asociaciones de consumidores europeas hubieran deseado que en el artículo 3 del nuevo Tratado constitucional hubiese hecho una mención expresa al “bienestar de los consumidores”, como uno los objetivos de la Unión..
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“Acelerar el proceso depende no sólo de los poderes públicos, ha declarado Sánchez-Reyes; también los consumidores podemos hacer algo. Y el primer paso es apostar por este nuevo marco de relaciones en Europa. Por eso, desde ahora, la OCU hace esa apuesta y anima a todos los consumidores a participar en el referéndum y decir que sí a la nueva Constitución. Como ciudadanos, como consumidores, todos vamos a salir ganando”.

Para más información pueden ponerse en contacto con Ileana Izverniceanu,
Tfno.: 91 300 00 45 -  ileana@ocu.org.