Los consumidores madrileños, rehenes de los huelguistas
De nuevo los usuarios del transporte público madrileño se ven abocados a verse reducidos a la condición de rehenes de una situación en la que no pueden intervenir. La irresponsabilidad de los convocantes de la huelga, que tratan de producir el mayor daño posible al mayor número de ciudadanos posible, y la desidia de los poderes públicos, incapaces de garantizar el mantenimiento del servicio, hacen que la sensación de impotencia y los perjuicios irrecuperables alcancen los límites de lo insoportable.
El artículo 28, en su apartado 2 reconoce "el derecho de huelga de los
trabajadores para la defensa de sus intereses". Se trata pues de un derecho
irrenunciable pero que debe ser regulado para hacerlo compatible con el derecho
de los usuarios de los servicios esenciales para la comunidad a su correcto
funcionamiento. En el mismo punto del mismo artículo en el que se reconoce el
derecho de huelga se dice: "La ley que regule el ejercicio de este derecho
establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los
servicios esenciales de la comunidad".
A la luz de experiencias demasiada reiteradas, el simple
establecimiento de servicios mínimos como única forma de hacer compatibles los
dos derechos constitucionales (el de los trabajadores a la huelga y el de los
ciudadanos a los servicios esenciales para la comunidad) se ha revelado
claramente insuficiente, máxime cuando su incumplimiento no implica ninguna
consecuencia para quienes incumplen con su obligación.
Sin restarle importancia a la irresponsable actitud de quienes buscan golpear
en la espalda de los usuarios del transporte público con la mayor intensidad
posible a fin de hacer valer unas exigencias ante sus empresas (en cuya
valoración no entra la OCU), a juicio de la asociación de consumidores, tan
responsables son los poderes públicos que hacen oídos sordos al mandato
constitucional de garantizar el mantenimiento de estos servicios. No es de
recibo que se escuden en disculpas tan absurdas como que se trata de un problema
entre una empresa privada y sus trabajadores y eludan sistemáticamente hacer
frente a su obligación de regular el derecho de huelga de manera que no sea
posible que tantos ciudadanos sufran tantos perjuicios (muchos de ellos
irreparables) sin posibilidad de resarcimiento, ya que cualquier acción tendente
a conseguir éste tiene un coste disuasorio para los usuarios y un final
incierto.
La OCU, al tiempo que insiste en su llamada a la cordura a los
convocantes y sus empresas y al cumplimiento de su obligación de los poderes
públicos, se ha dirigido al Consejero de Transportes de la C.A.M. pidiendo su
inmediata intervención y que, al menos, se devuelva a los titulares de los
distintos tipos de abonos la parte proporcional correspondiente a los días de
duración del conflicto.