nº 078 Septiembre 2003
Cantidades a cuenta, mejor no
Si ha encargado un producto o un servicio y después cambia de opinión, hay ocasiones en las que la ley le ampara y podrá echarse atrás recuperando el dinero entregado. En otras ocasiones se verá obligado, en principio, a cumplir el contrato. Sepa cuándo.