En 2004, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), al que se recurría como referencia en muchos cálculos, pasó a ser utilizado sólo en el ámbito estrictamente laboral. Se estableció el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) como índice de referencia para el cálculo de ingresos.
Desde entonces, esta última cifra sirve de referencia para cualquier efecto distinto al ámbito laboral propiamente dicho: por ejemplo, se utiliza el IPREM en las solicitudes de becas, de ayudas a la vivienda, para establecer límites fiscales, en el cálculo y acceso a prestaciones sociales, etc.
Ambas cifras cambian cada año. Éstas son las cantidades que estarán en vigor en 2008.
- El Salario Mínimo Interprofesional se ha incrementado en un 5,15% respecto al año anterior, y queda así:
- SMI diario: 20 euros/día.
- SMI mensual: 600 euros/mes.
- SMI en cómputo anual: 8.400 euros/año.
- En el caso de los empleados de hogar que trabajen por horas, el salario mínimo será de 4,70 euros por hora efectivamente trabajada.
- El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples se ha incrementado en 2008 un 3,5%, en vez del 2% inicialmente previsto. Queda así:
- IPREM diario: 17,23 euros.
- IPREM mensual: 516,9 euros.
- IPREM anual: 6.202,08 euros.
- IPREM en cómputo anual (que incluya prorrata pagas): 7.236,60 euros.