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En el propio proyecto de la Norma se define el yogur y se establece que "los microorganismos productores de la fermentación láctica deben ser viables y estar presentes en el producto" en una cantidad mínima. La OCU, como muchas de las principales asociaciones de consumidores europeas que tratan de evitar la consumación de esta nueva agresión al derecho de información de los consumidores, ha expresado en repetidas ocasiones la necesidad de reservar la denominación de "yogur" para ese producto en el que los microorganismos de la fermentación (Lactobacillus bulgaricus y Streptococcus thermophilus) estén vivos y en cantidades suficientes. El resto de los productos lácticos deben denominarse de otra forma que no confunda al consumidor. Hablar de "yogur pasteurizado" encierra una contradicción en sus términos en la medida en que la definición del primero es incompatible con la pasteurización . Un yogur pasteurizado ha dejado de ser yogur.
El interés de los defensores de la denominación "yogur pasteurizado" es, a juicio de la OCU, evidente:
- Utilizar el término "yogur" como elemento principal y destacado en la etiqueta, dejando el resto de la denominación legal ("pasteurizado después de la fermentación") para la letra pequeña.
- Aprovechar la buena imagen que el yogur tiene como alimento saludable, una condición que, a la luz de los conocimientos actuales, va ligada a la viabilidad de los microorganismos fermentadores (que no están ya en los "yogures pasteurizados").
De nuevo la presión de las industrias alimentarias impone la fuerza de sus tesis sobre el interés de los consumidores y la nueva norma no sólo no aclara la situación sino que la vuelve aún más confusa.
La OCU ha reiterado su exigencia de que estos productos reciban una denominación diferente de "yogur" para evitar la confusión a los consumidores . Lamentablemente, cada vez son más los productos en los que, por mor de una inaceptable laxitud legal, que adapta la norma para complacer al sector, el consumidor debe interesarse más por la letra pequeña de los etiquetados que es donde va a encontrar la información realmente importante y determinante de lo que consume. No es la producción la que se adapta a la norma sino todo lo contrario.
Esta medida es una nueva ocasión en la que la Administración cambia la legislación anteponiendo los intereses de determinados fabricantes a los de los consumidores , como ha ocurrido recientemente con la aprobación del Decreto que abre la posibilidad de que el prefijo "bio" se aplique a productos no procedentes de la agricultura ecológica, en contra de lo que establece la normativa europea. En el mercado convivirán en lo sucesivo productos denominados "bio" o "biológicos" procedentes de agricultura ecológica de países como Francia, Italia y Bélgica con otros también denominados "bio" que no tienen nada que ver con este modelo de producción. El consumidor que quiera distinguirlos deberá, de nuevo, leer la letra pequeña para conocer si, realmente, procede de agricultura ecológica.