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Madrid, 5 de septiembre de 2008. El plazo de adaptación de las entidades que ofrecen servicios de inversión a la ley que ha transpuesto a nuestro país la Directiva Europea MIFID terminó el pasado 20 de junio. El objetivo de esta norma es proteger al inversor minorista de servicios financieros, de forma más eficaz, de la mala actuación de bancos, agencias de valores, comercializadoras de fondos, etc., en la información y asesoramiento de inversiones. La OCU denuncia que las buenas intenciones de la norma quedan ahogadas por errores de base, como por ejemplo, que esta directiva no se aplique en la contratación de los productos más populares entre los inversores españoles como son las cuentas corrientes, depósitos y seguros de ahorro.
La OCU ha querido comprobar si las entidades ponen en práctica la directiva MIFID y cuál es la calidad de los consejos que ofrecen a sus clientes. El resultado ha sido lamentable. De las 88 sucursales visitadas, sólo 2 entidades advirtieron de la necesidad de hacer un test de idoneidad de las recomendaciones personalizadas de inversión; algunas entidades formularon preguntas útiles pero ofrecieron recomendaciones erróneas para el perfil del inversor y otras entidades dieron al inversor directamente un mal consejo de inversión. En algún caso, incluso se ofreció el mismo producto de inversión para 3 clientes con características radicalmente diferentes. La información íntegra se encuentra en la revista Dinero y Derechos del mes de septiembre.
La OCU ha dado traslado de estos datos a la Dirección General del Tesoro, Banco de España y Comisión Nacional del Mercado de Valores para que vele por el cumplimiento y aplicación de esta norma y, en su caso, proceda a la inspección y sanción de las entidades que la incumplen.
Mientras las actuaciones de estos organismos se producen, la OCU ofrece los siguientes consejos al usuario:
Para más información Eva Jiménez Tfno.: 91 722 60 61 (sólo para los medios de comunicación) - ejimenez@ocu.org