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La unión hace la fuerza, y por eso, en su defensa de los intereses de los consumidores, la OCU no está sola. Forma parte, junto con otras asociaciones de consumidores (la portuguesa DECO, la italiana CCA y la belga ABC) de grupo de consumidores europeos Euroconsumers.

El trabajo conjunto de estas asociaciones, que en total representan a más de un millón de familias, no deja de dar frutos. Un buen ejemplo de ello es la adopción de posturas conjuntas ante asuntos de interés para todos, y la elaboración de unas "posiciones comunes" acerca de temas de actualidad que afectan a consumidores y usuarios.

Éstos son los temas sobre los que se ha elaborado una postura conjunta de Euroconsumers. Podrá encontrar, para cada uno de ellos, la definición del problema y el contenido concreto de la posición común.


1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
Las alegaciones alimentarias Diciembre 2004
Definición del problema
Posición común

Definición del problema

Las alegaciones relacionadas con la salud y los aspectos nutricionales son cada vez más frecuentes en los envases de los productos alimentarios. Paralelamente, se comercializan productos alimentarios concretos (fortalecedores, enriquecedores, probióticos, etc.). Existe una relación entre estos dos fenómenos, pues las alegaciones alimentarias con frecuencia son un instrumento de marketing para promocionar productos alimentarios "innovadores". Este fenómeno se traduce en el uso de alegaciones nutricionales y de salud cada vez más imprecisas, " agresivas", poco comprensibles para el consumidor y a menudo, en el límite del " engaño " en lo que se refiere a los efectos benéficos que se quieren atribuir a productos alimentarios muchas veces desquilibrados (demasiado azucarados, demasiado grasos…).

La Comisión Europea había presentado un proyecto de reglamento para informar mejor y proteger a los consumidores con respecto a las alegaciones alimentarias, pero el Parlamento Europeo no ha podido adoptarlo antes del final de la legislatura a causa, sobre todo, del lobby de la industria agroalimentaria.

Ya hicimos alusión a estos temas con ocasión de la posición común n° 33 (marzo 2001), sobre los productos alimentarios concretos, destacando algunos problemas relativos a su presentación y publicidad, incluyendo, en parte, las alegaciones nutricionales y de salud.

En esta nueva toma de posición, ratificamos los conceptos básicos enunciados en la posición común n° 33 y le añadimos los puntos importantes para la protección del consumidor contenidos en la propuesta de Reglamento de la Comisión que nosotros apoyamos.

Posición Común (ABC, AC, DECO, OCU)

Las alegaciones alimentarias no deben ser ambiguas ni engañosas ni dejar sobrentender que tal o cual alimento pueden sustituir a una dieta sana y variada, y no deben alentar malos hábitos dietéticos.

Pedimos que las alegaciones nutricionales y de salud se prohíban cuando:

  • no estén respaldadas por estudios/datos científicos objetivos;

  • estén enfocadas exclusivamente o principalmente a los niños;

  • se usen para la promoción de productos alimentarios desequilibrados (mal perfil nutricional) o bebidas alcohólicas;

  • el etiquetado, la presentación y la publicidad hagan referencia de manera subjetiva a beneficios generales no específicos, a una opinión médica, o bien sugieran que no consumir el alimento en cuestión pueda tener un impacto negativo en la salud.

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