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Tengo contratado un curso de formación a distancia para preparar oposiciones a la Unión Europea. El compromiso de la academia es que, si al tercer intento no apruebo las oposiciones, me devuelven el dinero, siempre y cuando haya seguido su sistema de estudios (ir superando pruebas de conocimientos que preparan ellos). Decidí distribuir la deuda en 24 mensualidades aunque la vinculación con la academia se prolongaría por 3 años. El primero de los años apenas me impliqué en la formación por motivos personales, pero ahora he retomado el asunto y voy cumpliendo con los requisitos de aprovechamiento (es decir, voy aprobando todas sus pruebas).
El examen oficial consta de 3 pruebas: un test de conocimientos, un test psicotécnico y una pregunta de desarrollo. Participé en un proceso de selección el año pasado sin haber estudiado, simplemente para conocer cómo eran los exámenes, y superé las dos primeras pruebas pero, al no haber sacado suficiente nota, no me han convocado a la tercera y última.
Dado que aprobé el examen de conocimiento para el que supuestamente me preparan sin haber estudiado (con simple cultura general adquirida en mi vida laboral y formación universitaria), les pregunté qué podían hacer por mí para preparar la tercera y más difícil prueba: el examen de desarrollo. Y resulta que la academia, tal y como me han respondido por escrito en un correo electrónico, NO PREPARAN PARA ESA PRUEBA.
¿Están incumpliendo su parte del contrato porque no me están ayudando a aprobar la oposición, simplemente me apoyan en la superación de 2 de las 3 pruebas en las que consiste el proceso de selección? ¿Puedo reclamarles la devolución de lo pagado hasta el momento y cancelar el contrato? ¿Qué debo y puedo hacer?
Por lo que usted nos dice, el compromiso de la academia es "aprobar la oposición", no aprobar unas pruebas de la oposición. Además, suponemos que la academia antes de asumir ese compromiso ha conocido y valorado adecuadamente el contenido y las distintas pruebas de acceso a la oposición. En este caso, le sugerimos que compruebe el contrato que firmó, ya que en él podrá encontrar las obligaciones que cada uno de ustedes ha suscrito.
Si no constara nada acerca de las pruebas , podría aplicarse el Artículo 8.1 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en virtud del cual " La oferta, promoción y publicidad de los productos, actividades o servicios se ajustarán a su naturaleza, características, condiciones, utilidad o finalidad, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones sobre publicidad y de acuerdo con el principio de conformidad con el contrato regulado en su legislación específica. Su contenido, las prestaciones propias de cada producto o servicio y las condiciones y garantías ofrecidas, serán exigibles por los consumidores y usuarios, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido". En consecuencia, la academia debe proporcionar los medios necesarios adaptados al número y clase de pruebas incluidos en la oposición. Por su parte, usted deberá abonar las 24 mensualidades a la academia y exigir la devolución del dinero si no consigue aprobar las oposiciones en los tres intentos, tal y como ellos ofertaron.