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El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea ha confirmado la multa de 497 millones de euros que la Comisión Europea impuso a Microsoft por posición dominante por parte de la citada empresa.
La Comisión y, posteriormente, el Tribunal concluyeron que Microsoft no facilitaba otras compañías la información suficiente para que pudieran desarrollar productos compatibles con los sistemas de Microsoft. Esto vulnera la libre competencia y afecta a los usuarios al poner en riesgo la interoperabilidad. Precisamente, esa posibilidad de interacción entre los distintos sistemas resulta clave en el entorno digital: sin ella, las posibilidades de elección por parte de los usuarios se ven muy limitadas.
Tanto OCU como la Organización Europea de Consumidores (BEUC) de la que formamos parte, nos congratulamos de que este Tribunal haya ratificado las conclusiones a las que la Comisión había llegado: "Las autoridades de defensa de la competencia deben tener el poder y las atribuciones para ocuparse de asuntos complejos en relación a los abusos de posición dominante".