nº 073 Noviembre 2002
Accidentes en el colegio
De los titulares del colegio, dirección y profesores se espera que actúen “como un buen padre de familia”, que tengan la organización suficiente para poner todo el cuidado en la vigilancia de los niños. No obstante, los accidentes y los daños se producen. La ley establece que las personas o entidades titulares de un centro docente de enseñanza no superior son responsables de los daños y perjuicios que sus alumnos menores de edad causen durante el tiempo que estén bajo el control y vigilancia del profesorado del centro. Pero la ley libera de la responsabilidad al colegio siempre que las personas o entidades titulares del centro puedan demostrar que pusieron todo el celo y esmero para prevenir el daño.