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Informes

El etiquetado nutricional de los alimentos


Los consumidores son conscientes de la importancia que una nutrición adecuada tiene para su salud y bienestar. Y también saben el valor de una buena información. Quieren saber más sobre los productos que consumen: si son sanos, cuál es su composición, cuál es su origen, a qué procesos han sido sometidos, etc. Por eso valoran disponer de suficiente información en la etiqueta, y también que esa información sea de fiar, sin que incluya informaciones que puedan inducir a error.
Aprecian, en fin, un buen etiquetado nutricional de los alimentos, una herramienta básica para una dieta completa y equilibrada.

¿Qué es el etiquetado nutricional?

Es toda la información que aparece en la etiqueta de un alimento en relación con su valor energético y su contenido en una serie de nutrientes: proteínas, hidratos de carbono, grasas, fibra alimentaria, sodio, vitaminas y minerales.
No es obligatorio que un producto disponga de etiquetado nutricional, a no ser que se incluyan alegaciones nutricionales, es decir, cuando se dice que el producto tiene alguna cualidad especial, por ejemplo “rico en…”, “bajo contenido en…”, “fuente de…”, etc.: en ese caso, sí es obligatoria la inclusión del etiquetado nutricional.
La norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios fija dos modalidades de etiquetado nutricional:

  • Tipo 1: donde aparece el valor energético y la cantidad de proteínas, hidratos de carbono y grasas.
  • Tipo 2: donde aparece el valor energético y la cantidad de proteínas, hidratos de carbono, azúcares, grasas, ácidos grasos saturados, fibra alimentaria y sodio.

La información nutricional debe expresarse por 100 g o 100 ml de producto.

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¿Para qué sirve?

La etiqueta nutricional de un alimento es su tarjeta de presentación. Con ella, el consumidor puede conocer las características nutritivas del producto y decidir su compra, según sus necesidades.
El Libro Blanco de la estrategia europea sobre problemas de salud relacionados con la alimentación, el sobrepeso y la obesidad insiste en la necesidad de que los consumidores dispongan de una información clara, coherente y basada en hechos. Precisamente, el etiquetado nutricional es una forma establecida de informar al consumidor sobre la composición de los alimentos. Gracias a esa información, está en su mano elegir, con conocimiento de causa, alimentos sanos que le permitan seguir una dieta equilibrada. Para cumplir ese objetivo, la información debe ser completa, clara y fácil de leer; en caso contrario, el etiquetado nutricional resultará una herramienta ineficaz para el consumidor.
Por lo tanto, el etiquetado nutricional es un instrumento de comunicación válido para promover la educación alimentaria de los consumidores.

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Reglamento Europeo: una norma para mejorar

A principios del año 2008, la Comisión Europea adaptó una propuesta de Reglamento para que el etiquetado de los alimentos fuera más claro para el consumidor.
Éstos son algunos de los principales puntos de la propuesta:

  • Los alimentos preenvasados deberán llevar obligatoriamente la información sobre el contenido energético, de grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares y sal (siempre en ese mismo orden) en la parte frontal del envase.
  • El contenido se expresará por 100 g o 100 ml de producto, o por porción del alimento tal como se vende. Y también debe indicarse el porcentaje de la CDR (Cantidad Diaria Recomendada) cubierta. Esta información obligatoria no exime al fabricante de declarar la cantidad de otras sustancias, en caso de que se aleguen propiedades nutritivas.
  • Los productos que tienen sustancias alérgenas en su lista de ingredientes deberán advertirlo, incluso si se trata de alimentos no preenvasados. Son bastantes los ingredientes que pueden causar alergias o intolerancias: cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos secos de cáscara, apio, mostaza, granos de sésamo, sulfitos, altramuces y moluscos.
  • La información deberá ser legible (con un tamaño mínimo de 3 mm) y con un contraste considerable entre el texto impreso y el fondo.

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La postura de la OCU

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios aplaudimos esta propuesta de Reglamento cuyo objetivo es mejorar la información de la que dispone el consumidor, algo que nos parece muy necesario.

Aún así, creemos que la propuesta es mejorable. Por eso, pedimos que:

  • La información nutricional se exprese por 100 g o 100 ml de producto y además, también por porción, porque muchos alimentos se suelen tomar en porciones inferiores a 100 g.
  • No se exima de la declaración nutricional a alimentos en envases reducidos (en concreto, aquéllos cuya superficie mayor sea inferior a 25 cm2). De hacerlo así, podrían quedar exentos productos como las chocolatinas y la información nutricional sobre su aporte de azúcar y grasas saturadas es fundamental.
  • Se establezcan bien los valores de ingesta que se tomen de referencia para calcular la Cantidad Diaria Recomendada (CDR), pues a veces el cálculo puede ser problemático. De hecho, en la propuesta de Reglamento se emplean, para productos dirigidos a niños, valores de ingesta referidos a un adulto. En ese caso la información nutricional no será de mucha utilidad. Un ejemplo es la ingesta de referencia del azúcar: 90 g que suponen el 18% del aporte energético total de referencia (2.000 kcal). Por un lado, esta cantidad es muy superior a las recomendaciones de la OMS sobre la ingesta de azúcar (establecen como máximo un 10% del aporte energético total); y por otro, en productos dirigidos a niños (con unas recomendaciones reales de ingesta en azúcar de unos 40 g diarios), en el etiquetado se daría una información errónea.
  • Se estandarice la representación gráfica del etiquetado nutricional frontal. Se deja a iniciativa nacional, pero se están barajando distintas maneras de ilustrar la información nutricional para facilitar su comprensión, por ejemplo, sistemas de pictogramas o “semáforos”, que podrían llegar a ser confusos. Recordemos que el objetivo es informar al consumidor y no inducirle a engaño: el uso de colores como el rojo para indicar valores altos en ciertos nutrientes (como se propone en el sistema de “semáforo”) puede equivocar la interpretación y llevar al consumidor a catalogar ese alimento es “malo”.

Desde la OCU insistimos en que una buena alimentación no se debe basar en la existencia de alimentos malos o buenos, o prohibidos y permitidos, sino en alimentos de consumo diario y otros de consumo ocasional: esperemos que un mejor etiquetado nutricional contribuya a que los consumidores lo perciban así.

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