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La unión hace la fuerza, y por eso, en su defensa de los intereses de los consumidores, la OCU no está sola. Forma parte, junto con otras asociaciones de consumidores (la portuguesa DECO, la italiana CCA y la belga ABC) de grupo de consumidores europeos Euroconsumers.

El trabajo conjunto de estas asociaciones, que en total representan a más de un millón de familias, no deja de dar frutos. Un buen ejemplo de ello es la adopción de posturas conjuntas ante asuntos de interés para todos, y la elaboración de unas "posiciones comunes" acerca de temas de actualidad que afectan a consumidores y usuarios.

Éstos son los temas sobre los que se ha elaborado una postura conjunta de Euroconsumers. Podrá encontrar, para cada uno de ellos, la definición del problema y el contenido concreto de la posición común.


1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
El sobreendeudamiento Diciembre 1999
Definición del problema
Posición común

El sobreendeudamiento (es decir la imposibilidad de hacer frente a los compromisos financieros) supone hoy, un grave motivo de preocupación para los Estados Miembros de la Unión Europea. En efecto, no solo afecta a los consumidores, sino que constituye también un problema social, que provoca toda una serie de consecuencias negativas para las familias.

Las entidades de crédito ejercen una presión considerable sobre el consumidor para que éste recurra a créditos personales con unas condiciones, aparentemente, muy ventajosas. Ello provoca unas situaciones en las cuales los consumidores contraen obligaciones con la entidad de crédito, sin tener en cuenta su propia situación económica y sin preguntarse si serán capaces de soportar el peso de las mismas.

Los casos de sobreendeudamiento pueden ser atribuibles a la coexistencia de diferentes tipos de deudas: no sólo a créditos al consumo, sino también a deudas hipotecarias, gastos familiares o disminución de ingresos.

Hay que prever reglas que permitan evitar este tipo de dificultades y que, en ciertos casos, vengan acompañadas de "procesos curativos" para personas "sobreendeudadas"

Considerando las situaciones específicas de cada país sobre este tema y teniendo en cuenta las diferencias culturales, de organización social y de sistemas legales, nos preguntamos si sería oportuno o no invitar a la Unión Europea (dado su importante papel en el desarrollo de una protección eficaz de los consumidores en el marco del Mercado Único) para que instruya un marco legal en esta materia.

Deseamos una reglamentación sobre el problema del "sobreendeudamiento" que deberá realizarse según un doble enfoque: por un lado, habrá que intentar evitar la creación de situaciones de endeudamiento excesivo; por otro lado, habrá que favorecer soluciones de liquidación de las deudas que sean interesantes para todas las partes implicadas.

1. Para evitar el sobreendeudamiento, serían necesarias toda una serie de reglas comunes destinadas a proteger a los consumidores en caso de que éstos recurran a un crédito al consumo:
- información transparente en lo relativo a la obtención de un crédito;
- control en lo relativo a la publicidad: las autoridades nacionales deben sancionar la publicidad engañosa;
- responsabilidad de los acreedores (si se trata de un crédito concedido a un particular), estableciendo criterios objetivos para la concesión de un crédito, lo que implica un control obligatorio de la solvencia de los prestatarios;
- creación de un fichero que incluya todos los créditos abiertos por un consumidor, como un medio eficaz para prevenir el sobreendeudamiento.

2. Insistimos en particular en la creación de una legislación específica que establezca de manera clara, el procedimiento a seguir en la recuperación de deudas de personas físicas:
- concesión al deudor de un plan de reembolso aplazado en el tiempo;
- creación de un procedimiento colectivo, arbitral y/o judicial, para la realización de dicho plan de reembolso, que tenga en cuenta los intereses de los deudores y de los acreedores;
- posibilidad de conseguir, por vía judicial, la rebaja de las deudas.

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