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La unión hace la fuerza, y por eso, en su defensa de los intereses de los consumidores, la OCU no está sola. Forma parte, junto con otras asociaciones de consumidores (la portuguesa DECO, la italiana CCA y la belga ABC) de grupo de consumidores europeos Euroconsumers.

El trabajo conjunto de estas asociaciones, que en total representan a más de un millón de familias, no deja de dar frutos. Un buen ejemplo de ello es la adopción de posturas conjuntas ante asuntos de interés para todos, y la elaboración de unas "posiciones comunes" acerca de temas de actualidad que afectan a consumidores y usuarios.

Éstos son los temas sobre los que se ha elaborado una postura conjunta de Euroconsumers. Podrá encontrar, para cada uno de ellos, la definición del problema y el contenido concreto de la posición común.


1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
El servicio universal Diciembre 1999
Definición del problema
Posición común

Se entiende por "servicio universal", el conjunto de medidas de interés general encaminado a garantizar el acceso de todos, a ciertas prestaciones esenciales de "servicio público" a un precio asequible. La Comisión europea se refiere a prestaciones de servicios, tales como las telecomunicaciones, los servicios postales, el agua, el transporte, el audiovisual, históricamente gestionados en situación de monopolio pero, objeto ahora de liberalización en el ámbito europeo.

De esta manera, la competencia introducida tendría el efecto de mejorar la calidad del servicio prestado, de diversificar la posibilidad de elección y de bajar los precios. Sin embargo, en un contexto de liberalización de los servicios de utilidad pública, hay que encontrar un equilibrio, entre el desmantelamiento de los monopolios y la garantía de los servicios fundamentales para todos los consumidores.

Se puede entonces afirmar, desde el punto de vista de los intereses de los consumidores, que la liberalización y las garantías de los servicios universales, son absolutamente necesarias.

En efecto, el libre mercado plantea un doble desafío para que la defensa de los intereses de todos los consumidores sea eficaz y que se encuentra detrás de la noción de interés general:
- la identificación de los campos afectados por el concepto de servicio universal que no prejuzga la posibilidad de extensión de su campo de aplicación en el futuro a otros servicios que no estén considerado como esenciales actualmente, pero que, en un futuro podrían estarlo en razón de las nuevas necesidades introducidas por el desarrollo tecnológico;
- la aplicación y la adaptación, sector por sector, de los parámetros que componen el concepto de "servicio universal": accesibilidad, eficacia, continuidad, equidad, calidad, seguridad...

1. Se entiende por "servicio universal", el conjunto de medidas dirigidas a garantizar el acceso de todos a ciertas prestaciones esenciales, efectuadas según ciertas condiciones: accesibilidad en términos de precio y de localización geográfica, criterios de calidad, continuidad, seguridad del servicio prestado, que estén fijados previamente pero cuyo contenido es evolutivo en el tiempo.

2. El campo de aplicación del servicio universal debería ser uniforme en el ámbito europeo y sobretodo, susceptible de revisión en el futuro, para permitir a todos los consumidores, disfrutar de los progresos tecnológicos en los diferentes sectores (*).

3. Las necesidades de los consumidores geográficamente o económicamente más desfavorecidos, deben estar a cargo del conjunto del sector afectado.

4. El servicio universal debe garantizarse en el marco de concesiones acordadas a los operadores para el suministro de servicios de utilidad pública y esto, sector por sector.

5. La información sobre las modalidades de suministro de servicios de base debe ponerse al alcance del consumidor, con el fin de que tenga la posibilidad de reclamar una reparación equitativa, en caso de que el suministrador del servicio no respete las condiciones establecidas.

6. Hay que evitar que el servicio universal sea utilizado como pretexto para defender los monopolios nacionales, ya sean privados o públicos, o para ocupar posiciones dominantes.

7. Las autoridades de control de los sectores de utilidad pública aludidos, deben velar por que las medidas tomadas para asegurar el servicio universal respeten los principios de no-discriminación y de proporcionalidad.

(*) En la mayoría de los países europeos por ejemplo, la cuenta de ahorro ("compte à vue") ha llegado a ser esencial, a semejanza del aprovisionamiento de agua o electricidad, para permitir a los consumidores gestionar su dinero en toda seguridad. Sería necesario para todos los consumidores una cuenta bancaria a un coste razonable, beneficiándose también de condiciones fundamentales, tales como la libertad de elección del banco y la garantía de ciertos servicios.

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