Área de login

Ventajas para socios

Ellos han ahorrado hasta 4.000 euros en un año. ¿Y usted?
¡Siga los consejos de la OCU... y descubra en un click cómo ahorrar miles de auros al año! Leer mas

Hay firmas que nos comprometen
Las que figuran en un contrato
Las que se encuentran en el testamento
No firme a ciegas
Lea nuestras guías e infórmese
con las Guías Prácticas de la OCU Leer mas

Noticias

24 Mar 2011
Viajes a Japón: ¿cómo actuar?

Viajes a Japón: ¿cómo actuar?

¿Tenías previsto viajar a Japón? Si tras el terremoto y sus consecuencias estás pensando en cancelar el viaje, te contamos qué debes hacer y a qué puedes tener derecho.


Tras el reciente terremoto de Japón, de funestas consecuencias, hay consumidores que tenían previsto viajar a Japón y ahora se plantean cancelar sus viajes.

Por otro lado, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación por su parte, advierte y recomienda en su página web que “dadas las circunstancias actuales de emergencia nacional en las zonas afectadas por los movimientos sísmicos y sus diferentes consecuencias, se desaconseja todo viaje a Japón por el momento y hasta que se vaya estableciendo la normalidad”.

Ya hemos hablado en ocasiones de los derechos de los consumidores cuando se cancela su vuelo por cualquier causa, pero... ¿qué pasa si es propio viajero quien decide cancelar el viaje?

¿A qué tienes derecho?

Para la OCU, en esta situación sucedida en Japón estamos ante un supuesto claro de fuerza mayor, que constituye motivo suficiente como para que las agencias de viajes y compañías aéreas no planteen inconvenientes a los consumidores que pretendan cancelar las reservas de sus viajes, y les ofrezcan un destino alternativo, o bien les devuelvan el importe íntegro del viaje.

¿Cómo actuar?

  • Si decides cancelar un viaje combinado programado a Japón debes comunicarlo a la agencia de viajes y alegar lo ocurrido como motivo de fuerza mayor.
  • Si te ponen problemas y ya has pagado el viaje, intentarán cobrarte los gastos de gestión y anulación si los hubiere debidamente justificados, así como una penalización en función de los días que falten para el inicio del viaje.0 Si lo cancelas con más de 15 días de antelación a la salida no pueden cobrarte penalización; pero entre los días 11 y 14, la penalización sería el 5% del importe del viaje. Entre el el décimo y el tercer día deberás abonar el 15%, y con dos o menos días de antelación, el 25%. Si directamente no te presentas en el momento del viaje perderías lo pagado.
  • Primero deberás pagar, pero luego puedes reclamar usando las Hojas de Reclamaciones, y acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo (o a los tribunales ordinarios) solicitando el importe íntegro del precio del viaje, pues esas penalizaciones no proceden cuando la resolución se produce por causa de fuerza mayor. En este caso del viaje a Japón, consideramos que sería así.
  • Si en vez de un viaje combinado simplemente habías contratado un vuelo y lo cancelas, y la compañía aérea o la agencia intermediaria no te ofrecen un vuelo alternativo o la devolución del importe íntegro del servicio, deberás reclamar en las mismas instancias: Junta Arbitral o tribunales.
  • Como la cuantía de lo reclamado (tanto si es un vuelo como si es un paquete completo) es previsible que supere los 900 euros, tendrás que acudir a juicio con abogado y procurador para plantear la demanda, y eso puede salirte caro. Nuestro consejo es que procures evitarlo,  intentando llegar a un acuerdo con la agencia de viajes o la compañía aérea (por ejemplo, aceptando un cambio de destino o la reserva para un viaje o vuelo posterior).


Listado de noticias Subir Imprimir Enviar a un amigo