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Desde el punto de vista del pasajero, la OCU recuerda que, en caso de cancelación o de overbooking, existen compensaciones establecidas por la normativa europea que deberá asumir directamente el transportista (en este caso Ryanair). Aunque también hay que recordar que si se contrató el vuelo como parte de un viaje combinado (por ejemplo avión+hotel) la reclamación también podrá interponerse ante la Agencia en la que se contrató.
La OCU recuerda que es posible hacer uso de los seguros de anulación, caso de haberse contratado, o de los seguros gratuitos de reclamación de daños que en ocasiones incorporan algunas tarjetas de crédito (cuando se pagan los billetes de avión por este sistema).
En aquellos casos en que la actuación unilateral por parte de Ryanair haya producido un perjuicio mayor no cubierto por las compensaciones previstas en la legislación, la OCU recuerda que el usuario puede acudir a los tribunales reclamando una mayor indemnización e incluso reclamando posibles daños morales, aunque advierte del coste de esta vía lo que sólo la hace recomendable en algunos casos.
Por ultimo, la OCU se va a dirigir a las autoridades con competencias en la materia (INC, Direcciones Generales de Consumo y la Dirección General de Aviación Civil) para que abran una investigación y, en su caso, sancionen a Ryanair por incumplimiento de la legislación en materia de protección a los consumidores.
Para más información sobre sus derechos en el transporte aéreo, puede consultar:
Viajero con derechos (Dinero y Derechos - nº 095).