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Noticias

09 Dec 2010
Caos aeropuerto: respondemos a tus preguntas

Caos aeropuerto: respondemos a tus preguntas

El caos provocado por la actuación de los controladores ha afectado a cientos de miles de Consumidores. La OCU ha iniciado la batalla legal para lograra el resarcimiento de los daños causados. Pero son muchas las preguntas que se plantean a los afectados: les damos respuesta.


¿Tengo derecho a alguna indemnización?

Aunque el Reglamento reconoce en caso de retrasos superiores a 5 horas el derecho a indemnizaciones en función de la distancia, dadas las circunstancias de este hecho, las compañías podrán aducir para no hacer frente a estas indemnizaciones el motivo eximente de “fuerza mayor”, con bastantes posibilidades de que sea aceptado. Si deben ofrecerle la doble oportunidad: bien la devolución del importe, bien la reubicación en otro vuelo con el mismo destino.

¿Si yo hice el vuelo dentro de un paquete turístico, qué derechos tengo?

La agencia de viaje con la que contrató debe devolverle el importe íntegro del paquete turístico no disfrutado. Luego podrá repercutirlo contra los responsables del caos, pero la devolución debe ser íntegra.

¿Me tienen que devolver el importe del viaje de vuelta si no he podido hacer el de ida?

Por supuesto. La devolución del importe debe hacerse de ambos billetes. Si no es así hay que dejar constancia en una reclamación ante la compañía.

¿Debo dar los originales a la compañía si me los pide para devolverme el importe?

Sí, pero es importante haber dejado constancia previamente en la reclamación ante AENA (y, si la ha hecho, ante la compañía) y guarde una fotocopia de los billetes pedidos.

¿Qué ha hecho la OCU en esta situación?

La OCU ha puesto en marcha dos acciones judiciales concretas:

  • Por un lado una acción por la vía penal contra los responsables del delito (en este caso, presuntamente, los controladores aéreos): denuncia ante la Audiencia Nacional con el fin de determinar quienes fueron responsables de los presuntos delitos que entiende que se han cometido, solicitando la personación de la OCU con el fin de plantear las diligencias que según avance el procedimiento estime oportunas.
  • Por otro, una reclamación contenciosa administrativa contra AENA en tanto en cuanto se ha producido un funcionamiento anormal de los aeropuertos nacionales.  

¿Se puede estimar la duración de estas acciones?

No. Dado el actual funcionamiento de la Justicia no es posible calcular la duración aproximada de estas acciones. Lo que si es cierto es que la solución no va a ser inmediata.

¿Qué documentación necesito para hacer valer mi reclamación?

Es importante tener disponible la siguiente documentación:

  • Denuncia interpuesta ante AENA (y, si se tiene, ante la compañía).
  • Justificación de cualquier gasto hecho con motivo de esta situación: billetes del vuelo perdido, tiques de restauración, recibos de taxis, facturas de hotel, etc.
  • Si se hizo a través de una agencia: contrato y folleto publicitario que incluya la oferta perdida.

¿Cómo puedo sumarme a la acción de la OCU?

Quien desee incorporarse a las acciones de reclamación de la OCU, debe enviar, antes del 12 de enero, por correo electrónico (escaneado) a accioncontroladores@ocu.org (poner en el subject número de socio), por fax al 91 300 90 02 o por correo postal (fotocopiado) a OCU, C/Albarracín, 21. 28037 Madrid, Ref. Controladores, la siguiente documentación:

  • Hoja de Encargo
  • DNI
  • Ficha 
  • Breve relación de los hechos
  • Copia de la documentación acreditativa de los daños justificados y reclamaciones presentadas

Importante: debe hacerlo antes del 12 de enero.

¿Cómo puedo mantenerme informado?

Para tener más información, puede dirigirse al correo accioncontroladores@ocu.org.

En la sección acciones colectivas incluiremos todas las novedades que se produzcan en el proceso.

Tiene siempre a su disposición el teléfono especial 902 050 540 y el servicio de asesoría.

 



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