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Identifique qué necesita para estar bien asegurado... sin pagar de más. Además, antes de contratar le conviene informarse acerca del sistema de Bonus-Malus que aplique la compañía: los conductores con menos siniestros pueden ver sus primas rebajarse en la siguiente anualidad.
Para que un coche pueda circular es necesario tener el seguro de responsabilidad civil obligatorio. Sus coberturas se fijan por ley, y son válidas para España y todos los países del Convenio Multinacional de Garantía (los de la UE, Suiza, Islandia, Noruega, Croacia, Eslovenia, Hungría, República Checa y República Eslovaca). La extensión de la cobertura de este seguro es muy limitada: indemnizará como máximo por 100.000 euros en caso de daños materiales, y hasta 350.000 euros por cada víctima en caso de daños físicos. No suelen cubrirse los siniestros causados por mala fe del asegurado.
Esta cobertura básica no se comercializa por sí sola. El conductor que haya sido rechazado por dos compañías puede dirigirse al Consorcio de Compensación de Seguros (tel. 902 222 665), que se encargará de proporcionarle esta cobertura mínima.
Contratar un seguro a terceros es práctica habitual cuando el coche ya no es muy nuevo.
Si el coche es nuevo, más vale contratar un seguro a todo riesgo. Además de las garantías anteriores, las compañías ofrecen en los seguros de coche a todo riesgo las garantías de daños propios (incluidos los riesgos de lunas, incendio y robo). Con un seguro así, estaría cubierto incluso en caso de robo o destrozo del vehículo, y por los daños que se produzcan sin que haya un responsable.
Los siniestros que cubre esta garantía son los más frecuentes. Las compañías suelen cobrar primas elevadas por esta cobertura: normalmente, no suele resultar rentable contratar esta cobertura total si el coche tiene más de 5 años.
Para recortar un poco las primas, las compañías suelen ofrecer la posibilidad de contratar una franquicia: es decir, si se produce un siniestro, el asegurado correría con una parte de los gastos (ya sea una cantidad fija, un porcentaje del importe del siniestro, o una combinación de ambas). Conviene valorar esta posibilidad.
