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Consultorio

Comunidad de vecinos: designación de un abogado

Consulta

Hace tres años que nos instalamos en nuestra vivienda unifamiliar. El primer invierno estallaron algunos de los ladrillos cerámicos de la fachada a causa de las heladas. Estos ladrillos tienen la certificación de resistentes a las heladas. Mi marido y yo enviamos algunos de ellos a un laboratorio oficial (Diputación General de Aragón) para su análisis y el estudio demostró que no resistían las heladas. Durante los 2 siguientes inviernos se han deteriorado bastantes más, ocasionando en algunas viviendas filtraciones importantes de agua al interior. Ante la pasividad del constructor, la comunidad ha contratado a un abogado que va a reclamar que piquen y enfosquen las fachadas. Mi marido y yo consideramos que lo justo es reclamar la reposición de lo que hemos adquirido (ladrillos caravista) y, en caso de que esa solución sea complicada o a propuesta del constructor, llegar a un acuerdo como enfoscar (mucho más barato y cómodo), pero dejando claro que nos va a poner algo mucho más barato que lo que adquirimos en su día y exigiendo por tanto una compensación económica. Los demás vecinos se conforman con lo que pida el abogado. ¿Podemos ir por nuestra cuenta abonando los honorarios hasta ahora pasados por el letrado? ¿Estamos equivocados y debemos conformarnos como los demás? ¿Qué actitud y acciones debemos tomar? ¿Qué plazo tenemos para ello? ¿Debemos aceptar esta "defensa", aunque no estemos en absoluto de acuerdo?

Respuesta

En nombre de la comunidad de propietarios, el abogado puede reclamar por los daños que se hayan producido en elementos comunes. También puede actuar en representación de cada uno de ustedes por los daños en elementos privativos, pero cada propietario es libre de decidir si quiere o no que este abogado le represente.

Por tanto, si el objeto de la demanda lo constituye un elemento privativo, como parece su caso al tratarse de los ladrillos de su fachada, podrá confiar la gestión a un abogado que usted designe.

Por el contrario, si el estatuto de la comunidad entiende que es un elemento común, tendrá que ser el abogado designado por la comunidad quien lleve la defensa. Si en junta de propietarios se adoptó el acuerdo de contratar a este abogado y nadie lo impugnó, el acuerdo es válido y obligatorio, pero usted puede plantear a la junta los problemas que observa en la actuación de este profesional y proponer el cambio.

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