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El día 31 de julio de 2001, dejé mi coche, un Seat Toledo, en el taller para que le realizaran la revisión del primer año. Me dijeron que fuera a recogerlo al día siguiente. Cuando el 1 de agosto llamé para ir, me dijeron que el coche estaba revisado, pero que tenían que sellar un papel, y que hasta el día siguiente no podría ser. No me parecía bien, así que hablé con atención al cliente, donde me dijeron que les extrañaba mucho ese comportamiento. Mi marido decidió ir en persona al taller para que le explicaran qué pasaba. Al poco tiempo me llamaron por teléfono del taller diciéndome que habían encontrado algo raro en el coche y que debía ser reparado al día siguiente, y que no fuera al taller del concesionario, pero él ya estaba de camino. Cuando llegó, se encontró el coche subido en el elevador y con la aleta delantera arrancada y el retrovisor derecho roto. Allí nadie sabía nada: el mecánico ya se había marchado y no había pasado ningún informe. Como necesitábamos, nos dejaron un Ford Ka. El día 2 de agosto me llamaron, diciendo que hasta el lunes 6 no estaría el coche y que no me preocupara porque le iban a poner una aleta nueva (como si encima me hicieran un favor por cambiarla). Al quejarme del coche que nos habían dejado, me dijeron que no disponían de otro y que a ellos les suponía casi 5.000 ptas. al día... Quiero saber si tengo derecho a reclamar y si es correcto ese trato y esa sustitución de coche.
En el taller tienen obligación de repararle los daños producidos durante la revisión y por política comercial deberían poner en sus manos un coche de sustitución. Lo lógico sería que fuera de similares características, pero la ley no dice nada al respecto.
Por otra parte, efectivamente pueden reclamar por los perjuicios que todos estos problemas les están produciendo, pero la única vía de hacerlo es la jurisdicción civil. Otra posibilidad es solicitar la Hoja de Reclamaciones al taller y entregarla en los Servicios de Consumo de su localidad, iniciando así una vía administrativa. Por esta vía no se logra indemnización alguna, pero pueden sancionar al taller si el organismo competente entiende que ha habido una infracción en materia de consumo.